Seis maneras de evitar los testamentos
Planificación de patrimonio y testamentos
Este artículo proporciona información sobre cómo evitar la corte de sucesiones. Este artículo fue proporcionado por Texas A & M University.
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La primera manera de evitar la corte de sucesiones
La primera técnica es un procedimiento estatutario creado en Texas el 3 de noviembre de 1987, con la aprobación de una enmienda a la Constitución de Texas (Artículo 16, Sección 15). La enmienda permite a los cónyuges acordar por escrito que toda o una parte de su propiedad comunitaria pertenece al sobreviviente cuando muere el primer cónyuge. Si se implementa, la propiedad pasa automáticamente sin necesidad de probar cuando muere el primer cónyuge. La Sección 112.052 del Código de Estaciones de Texas contiene los requisitos para crear el derecho de supervivencia en propiedad comunitaria.
El principal problema con el método es que combina (o apila) los bienes de los dos cónyuges en el cónyuge sobreviviente. Cuando el valor combinado supera los $ 5 millones, los impuestos federales sobre donaciones y sucesiones se convierten en un problema. A menos que el cónyuge sobreviviente pueda reducir el patrimonio por debajo de esta cantidad antes de morir, se encontrará un grave problema tributario.
La segunda manera de evitar la corte de sucesiones
La segunda técnica de evitación de sucesiones supone la creación de un patrimonio vitalicio en bienes inmuebles. Una finca de vida no puede ser creada en propiedad personal. Una finca de vida es una forma única de propiedad por la cual el propietario de la propiedad real (el planificador de bienes) transmite título a otra persona, pero conserva una propiedad de vida.
En esta situación, el otorgante, más conocido como inquilino de vida, sigue teniendo posesión exclusiva con derechos a todos los ingresos derivados de la propiedad hasta su muerte. La persona que recibe la finca de la vida, mejor conocido como el hombre restante, obtiene la posesión y la propiedad plena cuando el otorgante muere. No se necesitan testamentos. El inquilino de vida puede transmitir sus derechos a un tercero sujeto a la vida de bienes. Por lo tanto, cuando el otorgante muere, la propiedad sigue siendo el resto.
Supongamos que una viuda tiene 200 acres o una casa que ella quiere que su hija tenga cuando muera pero quiere evitar la sucesión. Ella puede hacerlo mediante la propiedad (transmisión) de la propiedad a la hija y retener una finca de vida. La viuda se convierte en el arrendatario de vida, la hija del remanente. Cuando la viuda muere, la hija automáticamente recibe el título de propiedad sin necesidad de probate.
El principal problema con esta técnica es cuando la hija (residente) predeceases la vida inquilino. La propiedad pasa entonces a la muerte del inquilino de la vida según los deseos del residente, que no necesariamente puede corresponder con los deseos del otorgante.
La Tercera manera evitar la corte de sucesiones
La tercera manera de evitar la sucesión es tal vez la más compleja. Implica la creación y el uso de una confianza viva. Un fideicomiso de vida es uno creado mientras el dueño de la propiedad (planificador de bienes) está vivo, en contraposición a un fideicomiso testamentario creado cuando el dueño muere. Un fideicomiso testamentario no puede usarse para evitar la sucesión; Sólo un fideicomiso de vida (a veces llamado una confianza intervivos) puede hacer esto.
Un fideicomiso, como una corporación, es reconocido como una entidad legal separada que puede continuar después de que una persona muera. A diferencia de una corporación, no tiene una vida ilimitada. No puede durar más de una vida en ser más 21 años. Esto a veces se conoce como la regla contra la perpetuidad.
Básicamente, el propietario (el fideicomitente) transmite todo o parte de su propiedad al fideicomiso que será administrado por un fideicomisario designado. El fideicomiso tiene título legal y el fideicomisario lo administra en beneficio del fideicomitente o de algún otro beneficiario o beneficiarios designados.
Cuando el fideicomitente muere, el fideicomiso puede o no continuar, dependiendo de los términos del instrumento de fideicomiso. De cualquier manera, no se requiere testamentar para los activos del fideicomiso porque el fideicomitente ya no es dueño de la propiedad. Una nota de precaución, sin embargo. Los fideicomisos se enfrentan a una de las mayores tasas de impuestos federales sobre la renta y costos administrativos anuales sustanciales, especialmente cuando una institución como un banco o una institución financiera sirve como fideicomisario.