Mascotas y arrendamientos
Casa y apartamento
Texas no tiene ninguna ley específica para los inquilinos. Los propietarios pueden crear sus propias reglas para mascotas y ponerlas en su contrato de arrendamiento. El contrato de arrendamiento podría:
- Prohibir completamente las mascotas;
- Permitir que los inquilinos tengan mascotas, pero sólo ciertos tipos o razas,
- Permitir mascotas después de registrar la mascota con la gerencia y pagar un depósito para mascotas, o
- No especificar nada sobre mascotas (sin restricciones).
Antes de firmar un contrato de arrendamiento, usted debe leer y entender la política de mascotas del propietario.
¿Puedo ser desalojado por violar la política de mascotas de mi contrato de arrendamiento?
Sí, a menos que su mascota sea un animal de asistencia. Bajo la ley de Texas, usted puede ser desalojado por violar cualquier parte del contrato de arrendamiento. Mantener cualquier mascota que no esté permitida por el contrato de arrendamiento, incluso temporalmente, puede violar el contrato de arrendamiento. Violar el contrato con una mascota no autorizada puede ser motivo de desalojo.
¿Qué es un animal de asistencia?
Un animal de asistencia no se considera una mascota y es (1) un animal de servicio o (2) un animal de apoyo emocional.
Los animales de servicio se definen como perros entrenados para trabajar o realizar tareas para personas con discapacidad.
Los animales de apoyo emocional (ESA) son animales que proporcionan compañía a un individuo con una discapacidad mental o psiquiátrica. El individuo que busca la ESA debe tener una discapacidad que puede ser verificada por un médico. Las EAS no necesitan formación especializada ni certificación. De acuerdo con la Ley de Vivienda Justa, todo lo que necesita es una nota de su médico diciendo que usted tiene una discapacidad y necesita la ESA.
¿Mi arrendatario debe permitir mi animal de asistencia?
En general, sí. El animal de asistencia es un "ajuste razonable" bajo la Ley de Vivienda Justa (FHA). Incluso si el propietario no permite mascotas, el propietario puede violar la FHA si no hace una excepción para un animal de asistencia. Sin embargo, tenga en cuenta que el propietario no está obligado a permitir un animal si hacerlo le costaría mucho dinero o si la propiedad tuviera que ser muy alterada.
¿Qué es una solicitud de ajuste razonable?
Una solicitud de ajuste razonable es cuando un inquilino con una discapacidad le pide al propietario que haga una excepción a las reglas para que el inquilino pueda utilizar y disfrutar de la propiedad de alquiler al igual que todos los demás. Las solicitudes pueden ser verbales o escritas. No hay palabras específicas que deban incluirse en una solicitud.
La solicitud del animal de asistencia podrá incluir, por ejemplo:
- Una solicitud de tener un animal de asistencia a pesar de que no hay una política de mascotas,
- Una solicitud para no tener que pagar un depósito o cuota para mascotas, o
- Una solicitud para eliminar cualquier otra regla sobre un animal de asistencia.
¿Cuándo puede un propietario negar mi animal de asistencia?
Según el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de EE.UU. (HUD), sólo hay dos preguntas que un propietario debe considerar cuando un inquilino pide que se le permita un animal de asistencia:
- ¿El inquilino tiene una discapacidad?
- ¿El animal realiza tareas para el inquilino o proporciona apoyo emocional de una manera que ayuda con los síntomas del inquilino?
Un "no" a cualquiera de las preguntas significa que el propietario no tiene que permitir el animal de asistencia. Si la respuesta es "sí" a ambos, entonces la Ley de Vivienda Justa generalmente requiere que el propietario permita al animal.
Sin embargo, hay momentos en que un propietario puede negar un animal de asistencia legítima. Según el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano, el propietario puede negarse a permitir un animal de asistencia cuando:
- Permitir que el animal imponga una carga financiera y administrativa excesiva,
- Permitir que el animal requiera un cambio extremo en la propiedad de alquiler, o
- El animal de asistencia es peligroso y constituiría una amenaza para la salud o la seguridad de los demás.
¿Cómo puedo probar que necesito un animal de asistencia?
Los propietarios pueden exigir a los inquilinos que proporcionen una nota médica que diga que están discapacitados y necesitan el animal. La documentación de un médico, psiquiatra, trabajador social u otro profesional de la salud mental debe decir que el inquilino tiene una discapacidad y que el animal proporcionará asistencia relacionada con la discapacidad o apoyo emocional.
Sin embargo, un propietario no puede pedir información sobre la gravedad de la discapacidad, exigir registros médicos, o solicitar cualquier otro detalle médico.
Además, los propietarios pueden pedir al inquilino que demuestre que su animal está sano y vacunado.
¿Mi propietario puede cobrar por mi animal de asistencia?
No. Es ilegal que los propietarios (1) cobren alquiler adicional, (2) exijan un depósito para mascotas, o (3) cobren cualquier tarifa por un animal de asistencia. La Ley de vivienda justa garantiza esta protección. Usted sigue siendo responsable de cualquier daño que el animal haga a la propiedad.
¿Puede un propietario rechazar un animal de asistencia basado en la raza?
No. Los animales de servicio y apoyo emocional pueden ser de cualquier raza o tamaño. Sin embargo, el propietario puede prohibir un animal si es peligroso para otros.
¿Tengo que decirle a mi propietario que tengo un animal de asistencia antes de firmar un contrato?
No. Puede decirle al propietario antes o después de firmar su contrato de arrendamiento.
¿Puedo ser desalojado por violar la política de mascotas de mi contrato de arrendamiento si mi mascota sirve como un animal de asistencia?
No. La ley federal no permite que su propietario lo desaloje por tener un animal de servicio o de apoyo emocional.
Mi propietario no permite mi animal de asistencia. ¿Cómo presento una queja?
Si usted cree que su propietario negó ilegalmente una solicitud de un animal de asistencia, puede presentar una queja ante la Oficina de Vivienda Justa e Igualdad de Oportunidades.
Más Información
- Aviso FHEO-2020-01: Evaluación de la solicitud de una persona de tener un animal como un ajuste razonable en virtud de la Ley de Vivienda Justa
- Declaración conjunta del Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano y el Departamento de Justicia sobre ajustes razonables en virtud de la Ley de equidad en la vivienda
- Ajustes y modificaciones razonables