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La ADA: Sus Derechos Laborales como Individuo con Discapacidad

Beneficios por discapacidad

Este artículo proporciona información sobre, Los estadounidenses con discapacidad actúan y acomodaciones razonables. Este artículo fue proporcionado por la Comisión de Igualdad de Oportunidades de Empleo.

 

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¿Qué empleadores están cubiertos por la ADA?


La discriminación laboral contra las personas con discapacidad es ilegal si es practicada por:

  • Empleadores privados,
  • Estatales y locales,
  • agencias de empleo,
  • Organizaciones laborales,
  • Y comités laborales y de gestión.
  • La parte de la ADA impuesta por la EEOC prohíbe la discriminación laboral:

Todos los empleadores, incluidos los empleadores del gobierno estatal y local, con 25 o más empleados después del 26 de julio de 1992, y

  • Todos los empleadores, incluidos los empleadores estatales y locales, con 15 o más empleados después del 26 de julio de 1994.
  • Otra parte de la ADA, aplicada por el Departamento de Justicia de los Estados Unidos, prohíbe la discriminación en los programas y actividades del gobierno estatal y local, incluyendo la discriminación por parte de todos los gobiernos estatales y locales, independientemente del número de empleados.
  • Debido a que la ADA establece responsabilidades superpuestas tanto en EEOC como en DOJ para el empleo por parte de los gobiernos estatales y locales, la EEOC y el Departamento de Justicia coordinan la labor federal para evitar la duplicación en las actividades de investigación y ejecución. Además, dado que algunos empleadores privados y gubernamentales ya están cubiertos por los requisitos de no discriminación y de acción afirmativa en virtud de la Ley de Rehabilitación de 1973, la EEOC, el Departamento de Justicia y el Departamento de Trabajo coordinan de manera similar el esfuerzo de cumplimiento bajo la ADA y la Ley de Rehabilitación.

¿Está protegido por la ADA?


Si usted tiene una discapacidad y está calificado para hacer un trabajo, la ADA le protege de la discriminación laboral en base a su discapacidad. Bajo la ADA, usted tiene una discapacidad si tiene un impedimento físico o mental que limita sustancialmente una actividad vital importante. La ADA también le protege si usted tiene un historial de dicha discapacidad, o si un empleador cree que tiene una discapacidad, incluso si no.

Para ser protegido bajo la ADA, usted debe tener, tener un registro de, o ser considerado como tener un deterioro sustancial, en lugar de un menor,. Una discapacidad sustancial es aquella que limita o restringe significativamente una actividad vital importante, como oír, ver, hablar, caminar, respirar, realizar tareas manuales, cuidarse, aprender o trabajar.

Si usted tiene una discapacidad, también debe estar calificado para desempeñar las funciones esenciales o deberes de un trabajo, con o sin acomodación razonable, para estar protegido de la discriminación laboral por la ADA. Esto significa dos cosas. Primero, usted debe satisfacer los requisitos del empleador para el trabajo, tales como educación, experiencia laboral, habilidades o licencias. En segundo lugar, debe ser capaz de realizar las funciones esenciales del trabajo con o sin adaptación razonable. Las funciones esenciales son los deberes fundamentales del trabajo que debe ser capaz de realizar por su cuenta o con la ayuda de un alojamiento razonable. Un empleador no puede negarse a contratarlo porque su discapacidad le impide realizar tareas que no son esenciales para el trabajo.

¿Qué es un alojamiento razonable?


Acomodación razonable es cualquier cambio o ajuste a un trabajo o ambiente de trabajo que permita a un solicitante cualificado o empleado con discapacidad participar en el proceso de solicitud de empleo, desempeñar las funciones esenciales de un trabajo o disfrutar de beneficios y privilegios de un empleo igual a Aquellos que disfrutan los empleados sin discapacidades.

Por ejemplo, los ajustes razonables pueden incluir:

  • Suministro o modificación de equipos o dispositivos,
  • Reestructuración del empleo,
  • Horarios de trabajo a tiempo parcial o modificados,
  • Reasignación a un puesto vacante,
  • Ajustar o modificar exámenes, materiales de capacitación o políticas,
  • Proporcionando lectores e intérpretes, y

Haciendo el lugar de trabajo fácilmente accesible y utilizable por personas con discapacidades.
Se requiere que un empleador proporcione una acomodación razonable a un solicitante calificado o empleado con una discapacidad a menos que el empleador pueda demostrar que el alojamiento sería una dificultad excesiva, es decir, que requeriría una dificultad o gasto significativo.

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