Cómo notificar los documentos judiciales iniciales (Derecho de familia)
Información básica del tribunal
Este artículo le informa cómo servir los documentos judiciales iniciales en un caso de derecho familiar (como un caso de divorcio, custodia, modificación o paternidad).
¿Tengo que notificar al demandado(s) los documentos judiciales iniciales?
Sí. Cada persona nombrada como demandado en su petición (el formulario que usted presenta para iniciar su caso) debe ser notificado con los documentos judiciales iniciales.
Excepción: Un demandado no necesita ser notificado con los documentos judiciales iniciales si él o ella voluntariamente llenan y firman:
- un formulario de respuesta original del demandado o
- un formulario de renuncia a la notificación (renuncia específica) (este formulario debe estar firmado delante de un notario).
Puede omitir el resto de este artículo si cada demandado completa y firma una contestación o renuncia a la notificación.
¿Qué papeles tengo que notificar?
Cada demandado debe ser notificado con los "documentos judiciales iniciales", que incluyen:
- la citación (recibirá este formulario en la oficina del secretario cuando presente su caso),
- una copia de su petición (el formulario que usted presenta para iniciar su caso), y
- una copia de cualquier otro formulario que presente con su petición.
¿Puedo ser el notificador?
No. Usted debe hacer arreglos para que un agente de policía, sheriff o un servidor de procesos privado entregue los documentos judiciales iniciales. Es posible que tenga que pedirle al secretario de distrito que emita la citación para que pueda dársela a un agente de policía, sheriff o servidor de procesos privado.
¿Cómo se puede notificar al demandado?
Usted puede tener un agente de policía, sheriff, servidor de procesos privado, o el secretario de la corte notifique al demandado usando uno de estos métodos.
- Notificacion personal. (Este método es el mejor.)
El agente, sheriff o servidor de procesos privado deberá:
- entregar los documentos judiciales iniciales al demandado en persona; y
- completar un formulario de devolución de la notificación que indique cuándo y dónde se notificó al demandado; y
- presentar la Declaración de Entrega Formal completa ante la corte o enviársela a usted para presentarla ante la corte. (La Declaración de Entrega Formal es prueba de que el demandado fue notificado.)
El demandado NO tendrá que firmar nada.
Ver Reglas de Procedimiento Civil de Texas, Regla 106(a)(1).
- Notificacion por correo certificado o registrado, con acuse de recibo.
El secretario (o agente) deberá:
- enviar los documentos judiciales iniciales al demandado por correo certificado o con acuse de recibo; y
- si el acuse de recibo (o "tarjeta verde") está firmado por el demandado y devuelto al secretario, el secretario (o agente) completará un formulario de devolución del servicio que dice cuándo y dónde el demandado fue notificado, y
- presentar la declaración de notificación completa ante la corte o enviarla a usted para presentarla.
Ver Reglas de Procedimiento Civil de Texas, Regla 106(a)(2).
Advertencia! Solo debe utilizar el servicio por correo certificado o certificado si sabe que el demandado firmará la carta certificada. Si alguien más firma la carta o el demandado no firma su nombre exactamente como está escrito en su petición, usted tendrá que pagar otra cuota y hacer que el demandado sea notificado de una manera diferente.
- Sustitución de la notificación por auto judicial
Usted puede pedir al juez permiso para servir al demandado de otra manera si el agente de policía, sheriff, o servidor de proceso privado:
- haya tratado de entregar al demandado en persona o por correo certificado sin éxito; y
- puede confirmar que el demandado vive, trabaja o puede ser encontrado en el lugar donde se intentó la notificación.
Debe presentar una Moción de Servicio Sustituto y una Declaración Jurada de la Regla 106(b) del alguacil, sheriff o servidor de procesos privado. Si el juez está convencido de que el demandado puede ser encontrado en el lugar donde se intentó la notificación, el juez puede firmar una Orden de Notificación Sustituta que autoriza al agente, sheriff o servidor de proceso privado debera:
- dejar una copia de los documentos judiciales iniciales a cualquier persona mayor de 16 años en el lugar especificado en la declaración jurada o
- autorizar la notificación de cualquier otra forma que sea razonablemente eficaz para dar aviso al demandado.
Vea la Regla de Procedimiento Civil de Texas 106(b). Desplácese hasta el final de esta página para ver los formularios.
Es posible notificar a alguien por las redes sociales. Ver Código de Práctica Civil y Recursos de Texas 17.033. Consulte ¿Puede notificar una citación a alguien a través de las redes sociales?
- Servicio por correo.
Este método de servicio se utiliza si usted no puede encontrar al demandado (después de buscar realmente duro), y no hay niños involucrados. Lea este artículo para obtener más información: Notificación por correo (cuando no puede encontrar a su cónyuge en un divorcio sin hijos).
- Servicio por Publicación.
Este método de servicio se utiliza si usted no puede encontrar al demandado (después de buscar realmente duro), y hay niños involucrados. Lea este artículo para obtener más información: Notificacion por publicación (cuando no puede encontrar al otro padre). La cita es emitida por el periódico y por un sitio web estatal de información pública.
Hacer que el demandado sea notificado puede ser complicado. Si tiene preguntas, hable con un abogado.
¿Cómo puedo notificar el resto de los documentos judiciales que presente?
Como regla general, sólo los documentos iniciales de custodia deben ser entregados por un agente de policía, un sheriff, un servidor de procesos privado o el secretario de la corte. Puede entregar el resto de los papeles usted mismo.
Envíe una copia de los documentos que presente en el caso a cada uno de los demandados. Si un demandado tiene un abogado, envíe una copia al abogado. Puede utilizar cualquiera de estos métodos de entrega:
- Entrega a mano
- Correo electrónico
- Correo ordinario o certificado, recibo de devolución solicitado
- Servicio de entrega comercial (por ejemplo FedEx)
- Fax
- Notificación electrónica a través del gestor de archivo electrónico. (Nota: Este método se requiere si usted presenta electrónicamente (E-File) la Petición, y la dirección de correo electrónico del demandado o del abogado del demandado está en el archivo con el administrador de archivos electrónicos.)
Excepción: Si presenta una petición enmendada y el demandado no ha presentado una respuesta, debe:
- pedir al secretario que vuelva a emitir la citación y adjuntar una copia de su petición enmendada, y
- hacer que el demandado sea notificado por un agente de policía, sheriff o un notificador privado (con la nueva citación y la petición enmendada).
¿Se puede notificar a alguien una citación a través de las redes sociales?
La notificación sustitutiva a través de las redes sociales está autorizada por el Código de Práctica Civil y Recursos 17.033 de Texas.
¡Consulte con su corte! Consulte el sitio web de la corte para ver sus reglas y procedimientos locales. Hable con un abogado que ejerce en su jurisdicción al respecto.
Si la notificación en persona no ha funcionado, pregunte a su juez si puede hacer que alguien reciba la notificación a través de un método alternativo. Esto se llama notificación alternativa. Si puede mostrar al juez que el método alternativo que se le ha ocurrido conseguirá que la otra parte sea notificada, el juez puede permitírselo. El nivel de exigencia es alto para demostrar que las redes sociales son el mejor método alternativo debido a cuestiones de privacidad y asegurar que la persona a la que se dirige realmente recibió el aviso.
Las redes sociales también pueden ser útiles para demostrar que usted sabe dónde se encuentra la otra parte. Si puede verificar que la cuenta de las redes sociales es la de la otra parte, el juez puede utilizar la prueba que usted tiene para permitir la notificación a una ubicación que se indica en las redes sociales.
El 31 de diciembre de 2020 entraron en vigor nuevas normas sobre el servicio en las redes sociales.