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Cómo hacer cumplir una orden de visita

Divorcio

Este artículo le informa acerca de sus opciones si tiene una orden de la corte de Texas que le permite pasar tiempo con sus hijos, y el otro padre no está siguiendo la orden. FORMULARIOS INCLUIDOS.

Antecedentes: En Texas, el tiempo de visita de los padres es a menudo ordenado por la corte.

Los niños se desenvuelven mejor cuando ambos trabajan juntos de forma flexible y cooperativa para desarrollar un horario de paternidad que funcione mejor para las necesidades únicas de los niños y sus padres. Las investigaciones demuestran que una relación saludable con usted, así como con el otro padre, es de vital importancia para las habilidades sociales, las calificaciones y la salud de su hijo.

A veces, los padres no pueden llegar a un acuerdo sobre lo que es mejor para sus hijos. En esos casos, los términos de la orden de la corte de acceso y visita (orden estándar de posesión, o "SPO") se convierten en el horario que todos deben seguir. Si usted tiene una orden de la corte de Texas que especifica claramente sus derechos de acceso y visita, entonces un juez ya ha determinado lo que él o ella cree que es lo mejor para su hijo.

Si usted ha tratado de resolver sus problemas de co-paternidad a través de otros medios, como la mediación, y el otro padre continúa ignorando las instrucciones de la corte, entonces usted puede presentar una demanda y pedirle a la corte que penalice al otro padre por su negación de sus derechos parentales.

Uno de los problemas más comunes que enfrentan los padres que no tienen la custodia es la negación de su tiempo de paternidad por parte del padre que la custodia. Si esto le está pasando a usted, hay ciertas cosas que debe hacer primero para presentar una demanda de cumplimiento.

¿Qué leyes controlan las visitas?

¡Lea la ley que rige las acciones de la ley! Si usted se representa a sí mismo, se espera que usted, al igual que un abogado, esté familiarizado con la ley.

¿Su orden de visita es ejecutable?

Antes de pedirle a la corte que haga cumplir su orden de visita, asegúrese de que la orden sea "clara, específica e inequívoca en cuanto a los deberes y responsabilidades del presunto infractor."  Ex Parte Slavin, 412 S.W. 2d 43 (Texas 1967).

Esto significa que su orden de visita necesita establecer claramente un tiempo, lugar y fecha para intercambiar a los niños. Lamentablemente, algunas órdenes contienen únicamente términos tales como "por acuerdo de las partes" y no contienen términos precisos y específicos que sean ejecutables por el tribunal. Si su orden no es ejecutable, puede que necesite modificar o aclarar su orden para hacerla ejecutable.

¿Cuáles son las partes principales de una moción para hacer cumplir las visitas?

Cuando usted presenta su demanda, el capítulo 157.002 del Código de Familia de Texas requiere que la moción incluya:

  • Las disposiciones de la orden que se pretende ejecutar (qué parte de la orden han violado);
  • La forma en que el demandado alega incumplimiento (lo que el otro padre hizo o no hizo); y
  • La solicitud de reparación del demandante (lo que le está pidiendo a la corte que haga por usted).

Haga clic aquí para ver todo el Kit de Control de Visitas.

¿Cómo le muestra a la corte qué partes de la orden quiere que se hagan cumplir?

Puede copiar esas disposiciones del pedido anterior, adjuntar el pedido anterior como prueba e "incorporar por referencia", lo que significa escribir en el volumen y número de página del pedido anterior en su moción para hacer cumplir.

¿Cómo se demuestra al tribunal cómo y cuándo el demandado violó las órdenes?

Recuerde, usted debe demostrar la "manera del incumplimiento alegado del demandado para una negación de la visitación." Debe adjuntar evidencia que establezca un patrón de denegaciones de visitas a su Moción para Hacer Cumplir. ¡Sea específico!

Tiene que demostrar un patrón de negativas por parte del otro padre. De acuerdo con el Código de Familia de Texas 157.002, la moción debe incluir la disposición de la orden que se pretende hacer cumplir; la forma del supuesto incumplimiento del demandado; y la solicitud de reparación por parte del solicitante.

La pena por no cumplir una orden judicial puede incluir quitarle la libertad personal a una persona. Eso significa que un juez puede meter a alguien en la cárcel si hay una condena por desacato. Por lo tanto, es importante demostrar que una persona violó la orden por accidente o error. Por ejemplo, tal vez hubo una confusión sobre la fecha correcta para las visitas. Para establecer un patrón tendrá que tener al menos tres violaciones debidamente documentadas de la orden.

¿Qué pruebas necesito?

Además de su propio testimonio sobre lo que ocurrió, un juez querrá ver algo más que corrobore lo que está diciendo. Puede hacerlo de varias maneras:

  1. el testimonio de otro testigo;
  2. a través de pruebas tales como un recibo de una tienda cercana que muestre que usted estaba en el vecindario en el día correcto en el momento adecuado, o
  3. a través de un informe policial (con testimonio del oficial, o una declaración jurada de los registros comerciales) que muestra la misma información. 

¿Qué cuenta como una negación de visitas?

Para hacer cumplir su orden de visita y pedirle a la corte que declare al otro padre en desacato, debe demostrar que estaba siguiendo la orden exactamente como está escrita, y que el otro padre no la estaba siguiendo.

Esto significa que debe presentarse en el lugar correcto en la fecha y hora indicadas en su pedido. Para ser legalmente aplicable, no es suficiente mostrar que el otro padre le envió un texto o le dejó un mensaje diciéndole que no estaría allí para el intercambio. Usted debe ir al lugar de intercambio y hacer un registro de su intento de ver a su hijo.

Si usted siguió la orden y llegó al lugar de intercambio el día y hora correctos y el otro padre no le entregó al niño, asegúrese de escribir exactamente lo que sucedió en un diario de visitas.

  • Por ejemplo: "Le envié un mensaje a mi ex para decirle que venía a recoger a mi hijo a las 6 p.m. No hubo respuesta. Cuando llegué a su casa a las 5:55 p.m., llamé a la puerta y esperé. Nadie vino a la puerta. Esperé 15 minutos y luego fui a la tienda al final de la calle y compré un refresco.")

Anote también los nombres de todas las personas que le acompañaron y vieron la denegación de las visitas. Puede adjuntar estas anotaciones del diario como pruebas a su moción para satisfacer la "forma de presunto incumplimiento". Si lleva a alguien con usted, vea si está dispuesto a testificar en el tribunal sobre lo que sucedió cuando intentó ver a su hijo.

¿Cómo explicar lo que pido en la petición de ejecución?

En un procedimiento judicial, lo que se pide se conoce a veces como recurso o reparación. Sólo algunos tipos de reparación están disponibles cuando usted está tratando de hacer cumplir las visitas. Los tipos de reparación disponibles para un padre al que se le ha denegado la visita se enumeran en los formularios del kit de visitas (específicamente la Moción para Hacer Cumplir y Ordenar) y en el capítulo 157 del Código de Familia de Texas.

Uno de los tipos de alivio es el "desacato", que puede significar:

  • multas,
  • supervisión comunitaria (libertad condicional), o
  • incluso tiempo en la cárcel.

Otros tipos de reparación: Se le pueden reembolsar los gastos en que incurrió al intentar una visita que finalmente le fue denegada, y la corte puede ordenar tiempo adicional de crianza/recuperación para pasar con los niños. Si usted no pide un tipo específico de reparación en su petición, el juez no puede concedérsela. Asegúrese de revisar los tipos de reparación disponibles para la denegación de visitas, y recuerde que el juez estará limitado por lo que usted pida en sus alegatos (los documentos que presente ante la corte).

Haga clic aquí para ver todo el Kit de Control de Visitas.

¿Qué es el desacato?

Cuando usted presenta una Moción para Hacer Cumplir para la denegación de visitas, usted está pidiendo al juez que castigue a la persona que se le ordenó realizar algún acto que no ha hecho. Esto se llama "desacato constructivo." El castigo por desacato constructivo cae en dos categorías:

  1. Desacato penal (o desacato punitivo): Este tipo de desacato castiga a una persona por no respetar la dignidad y la autoridad de la Corte. Debido a algo que hicieron o no hicieron, como ignorar deliberadamente la orden de la corte, están sujetos a consecuencias criminales como el encarcelamiento.
     
  2. Desacato Civil (desacato coercitivo): El tribunal utiliza este tipo de castigo para persuadir al acusado de desacato a obedecer la orden anterior. Esto es a menudo un juicio de dinero o una visita de compensación. 

***Nota importante** Cuando solicite un castigo por desacato, asegúrese de no pedir un castigo de más de seis meses para todas las violaciones. Si pide más de seis meses, entonces el demandado tiene derecho a un juicio con jurado. Los juicios por jurado son complicados, por lo que en ese caso sería mejor estar representado directamente por un abogado.

¿Debo tener la orden de comparecencia firmada por un juez?

Cuando se solicita el desacato o cuando se pide una sentencia monetaria, es absolutamente necesario que el demandado reciba una notificación de causa y una citación. La citación es necesaria para apoyar un juicio monetario. Estos documentos se pueden encontrar aquí.

Cuando esté en el juzgado para presentar su Moción de Ejecución, asegúrese de seguir las instrucciones del coordinador de la corte y pídale al juez que firme la Orden de Comparecencia. Después de que el juez haya firmado esta Orden de Comparecencia, haga copias suficientes para usted y todas las partes en su caso.

¿Debo notificar de la acción de ejecución a la otra parte?

Si usted pretende que se declare a alguien en desacato, es absolutamente esencial que la persona haya recibido la notificación real de la audiencia de desacato. Esto significa que el demandado debe ser notificado personalmente con la moción de desacato que contiene la Orden de Demostración de Causa.

Además, si usted modifica (actualiza o cambia) la Moción para Hacer Cumplir en cualquier momento después de haberla presentado, pero antes de la audiencia, no olvide que el Demandado debe ser notificado con el alegato enmendado también.

Asegúrese de preguntar al secretario acerca de cómo notificar adecuadamente a la otra parte. El secretario procesará la citación y podrá dársela a un agente de policía. El agente notificara la Orden de Comparecencia y la Moción a la persona que usted quiere que sea declarada en desacato. Si no pueden hacerlo ellos mismos, el secretario debe decirle cómo hacer llegar los documentos apropiados a la policía para que los entregue. Después de que hayan entregado el papeleo, el agente presentará una devolución de la citación en la oficina del secretario para demostrarles que la persona que debe ser declarada en desacato fue notificada personalmente.

***No puede tener una audiencia por desacato hasta que el Retorno de la Citación haya sido archivada en la corte por al menos 10 días. **

¿Cómo debo prepararme para la audiencia?

Para prepararse para la audiencia:
 

  • Hable con tus testigos. 
    • Prepare preguntas para ellos, o haga que preparen una declaración para decirle al juez.
  • Revise la documentación que muestra al juez que su visita ha sido denegada.
  • Usted necesitará los siguientes artículos:
    • Orden sobre la petición de ejecución de posesión o acceso
    • Orden de Detención

¿Qué pasa si no incluyo un "patrón" de denegaciones ejecutables en mi Moción para Hacer Cumplir?

Para tener éxito cuando presente una Moción para Hacer Cumplir la Orden de Visita, necesitará mostrar un patrón de denegaciones por parte del co-padre. De acuerdo con el capítulo 157.002 del Código de Familia de Texas, la moción debe incluir la disposición de la orden que se pretende hacer cumplir, la manera en que el demandado alega incumplimiento, y la solicitud de reparación por parte del demandante.

La pena por no cumplir una orden judicial puede incluir quitarle la libertad personal a una persona: un juez puede encarcelar a una persona si hay una sentencia de desacato. Por lo tanto, es importante demostrar que una persona no ha violado la orden por accidente o error. Por ejemplo, tal vez hubo confusión sobre la fecha correcta para las visitas. Para establecer un patrón tendrá que tener al menos tres violaciones debidamente documentadas de la orden.

Para evitar cometer este error, asegúrese de adjuntar su documentación e incluir la información de denegación en la Moción para hacer cumplir. El Código de Familia de Texas requiere que la moción incluya la parte de la orden presuntamente violada y cada fecha de presunto desacato (Código de Familia de Texas capítulo 157.002). Los recibos o los informes policiales indicarán claramente la fecha de cada presunto desacato.

¿Y si no consigo que el juez firme la orden de comparecencia?

Cuando usted está en la corte para presentar su Moción para Hacer Cumplir, también debe programar una fecha y hora para la audiencia de ejecución y hacer que el juez firme una Orden para Comparecer. Si esto no está firmada por el juez, entonces el otro padre no puede ser considerado en desacato.  

Para evitar cometer este error: Antes de ir a la corte para presentar la demanda, es aconsejable llamar al coordinador de la corte primero para averiguar el procedimiento para su caso en particular.

  • Explíquele que está presentando una moción para hacer cumplir, y que necesita saber:

1. Cuál es el procedimiento para que el juez firme la orden de comparecencia, y

2. Cuál es el procedimiento para presentar la moción de audiencia. 

  • Siga las instrucciones del coordinador de la corte para pedirle al juez que firme la orden de comparecencia. Asegúrese de darle al juez su Moción de Ejecución y Orden de Comparecencia
  • Después de que el juez firme la Orden de Comparecencia, haga copias suficientes para usted y todas las partes en su caso. (El secretario guardará el original.)

El juzgado puede ser un lugar confuso e intimidante, especialmente si usted no está familiarizado con el proceso y los procedimientos particulares que va a enfrentar. Puede ser muy fácil olvidar un paso crucial cuando está bajo estrés, así que tómese su tiempo y asegúrese de familiarizarse con el edificio y las reglas de su corte en particular. Llamar primero al coordinador de la corte le ayudará a saber exactamente qué pasos necesita tomar. Ir físicamente al juzgado de antemano y ver cómo es una audiencia de cumplimiento de la ley le ayudará a prepararse mejor y responderá algunas de las preguntas que pueda tener sobre el proceso.

Si encuentra que no tenía una orden de comparecencia firmada por el juez, entonces el demandado no puede ser acusado de desacato. Si usted descubre este error antes de la fecha de la audiencia, entonces usted tendrá que tener la Orden de Comparecencia firmada por el juez y asegurarse de que el demandado sea notificado personalmente con la Orden de Comparecencia. No olvide que usted todavía debe dar al demandado suficiente aviso de la audiencia.

¿Por qué es importante? El Código de Familia de Texas dice que se le puede conceder un fallo por incumplimiento (la corte otorga sus solicitudes hechas en la Moción para Hacer Cumplir) y auto de formal prisión se puede emitir para la detención de una persona que no se presenta al tribunal para una audiencia de desacato cuando se les ha dado el aviso adecuado para comparecer en el tribunal.

Código de Familia de Texas, capítulo 157.066. Falta de comparecencia. 

Si un demandado que ha sido notificado personalmente para comparecer en una audiencia no se presenta a la hora, el lugar y la fecha designados para responder a una moción para la ejecución de una orden judicial existente, independientemente de si la moción se suma a otras reclamaciones o recursos, el tribunal no puede considerar al demandado en desacato, pero puede, con la prueba adecuada, conceder una sentencia en rebeldía para la reparación solicitada y dictar una orden de detención contra el demandado.

¿No es suficiente si puedo probar que el otro padre dijo que no me dejarían ver al niño?

A veces, los padres con custodia dirán de antemano que no estarán en el lugar del intercambio o que ellos, o los niños, tienen otros planes.

Pero, adjuntar estos textos o correos electrónicos a la Moción para Hacer Cumplir no es suficiente para demostrar que el padre custodio realmente violó la orden! Usted debe demostrar que usted (o su adulto competente designado) estaba allí en el momento y lugar de intercambio que figuran en la orden. La defensa del padre custodio ante una acción de ejecución es que el otro padre no intentó la visitación. Por lo tanto, si usted carece de pruebas de que usted hizo el intento, el padre custodio podría decir que estaban allí (generalmente en la residencia) y que usted no se presentó para las visitas.

Si ya ha presentado su Moción para Hacer Cumplir y ahora siente que puede que no haya incluido pruebas suficientes de denegaciones legales, debe enmendar (hacer los cambios a) sus alegatos para incluir la documentación necesaria. Esto significa que necesita presentar otra Moción para Hacer Cumplir con un nuevo título que dice "Moción Enmendada para Hacer Cumplir." También tendrá que asegurarse de que se notifique a las otras partes de la demanda con este escrito enmendado y asegurarse de que les proporcionó tiempo suficiente para prepararse para la audiencia. Vea más acerca de dar suficiente aviso aquí.

Si usted no tiene la documentación requerida, entonces usted tendrá que esperar hasta que usted la haya recogido correctamente documentando las denegaciones en el momento en que se producen antes de que pueda presentar la moción para hacer cumplir. Esto es lo que se requiere para llevarte a la corte. Una vez que esté en la audiencia y esté dando testimonio sobre la denegación de visitas, puede decirle al juez sobre otros casos en los que el padre custodio le ha negado el tiempo de crianza. Usted puede decir si o no, y por qué, usted está preocupado de que continuarán negando su visitación en el futuro.

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