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Child Protective Services (Servicios de Protección Infantil) Artículo 5 de 7: Fase de Custodia

Servicios de protección infantil (Child Protective Services, CPS)

Este artículo proporciona información sobre la fase de custodia de servicios de protección infantil.  Este artículo fue escrito por Legal Aid of Northwest Texas y La Línea de Ayuda Familiar de Texas Legal Services Center (Family Helpline at Texas Legal Services Center).

Este artículo proporciona información sobre la fase de custodia de Servicios de Protección Infantil (Child Protective Services).  Este artículo fue escrito por Legal Aid of Northwest Texas y la Linea de Ayuda Familiar de Texas Legal Services Center.

Introducción

Un caso puede transferirse al centro de custodia después de la fase de investigacion o la fase de los FBSS.  Si se transfiere el caso, se le asignará a otro trabajador social y supervisor del Centro de Custodia del DFPS.  La fase de custodia del proceso del DFPS indica que DFPS tiene custodia primaria temporal de su hijo y puede tratar de terminarle la patria potestad en el futuro.  

A. ¿Qué es la Conservatorship (Custodia)?

Conservatorship es el término legal en inglés para la custodia.  Para obtener una orden de custodia, una persona o DFPS debe presentar una Suit Affecting the Parent Child Relationship (SAPCR) (Petición Afectando la Relación entre Padre e Hijo).  Si DFPS solicita la remoción legal de un niño, significa que le pedirá a una corte que ortorgue a DFPS la Custodia Primaria Temporal (Temporary Managing Conservatorship) de un niño.  Generalmente, una persona con Custodia Primaria Temporal tiene el derecho de decidir donde y con quien vivirá el niño.  Antes de que DFPS pida a una corte que se le otorgue la Custodia Primaria Temporal de un niño, el trabajador y el supervisor del DFPS deben discutir la necesidad legal de remover al niño con un abogado que represente DFPS.  Si DFPS solicita la remoción legal formal de un padre y el padre no tiene el dinero para contratar con un abogado, puede ser que el padre tenga el derecho a representación legal designada por la corte.  La Custodia Primaria Temporal (Temporary Managing Conservatorship) en el contexto del proceso de CPS significa que DFPS tomará temporalmente la custodia de su hijo. DFPS puede solicitar el derecho de tomar decisiones educativas y médicas para su hijo.  DFPS también pedirá que como requisito para que el niño se le devuelva a su custodia, se le ordene por la corte completar un plan de servicio.  

B. ¿Por Qué el DFPS Pide a la Corte que Me Termine la Patria Potestad?

Cuando DFPS solicita que se le otorgue la Custodia Primaria Temporal (Temporary Managing Conservator) de un niño, también tiene que presentar una petición.  La petición es el documento legal que comienza la Suit Affecting the Parent Child Relationship (Petición Afectando la Relación entre Padre e Hijo).  La petición incluye generalmente el lenguaje que pide que la patria potestad de un padre sobre su hijo se termine.  Sin embargo, esto no significa que la patria potestad de los padres en cuanto a su hijo se termine automáticamente.  Si un padre no complete los servicios y los requisitos en la orden de la corte, CPS puede pedir a la corte que se le termine la patria potestad sobre su hijo.   

C. Nombramiento de un Tutor y/o Abogado Ad Litem

En o antes de que se lleve a cabo la audiencia impugnada de 14 dias (14 Day Adversary Hearing) la corte designará un tutor y/o abogado ad litem para representar al niño.  El abogado ad litem y el tutor ad litem pueden ser la misma persona o pueden ser individuos separados.  Un abogad ad litem representa los objetivos expresos del niño, o lo que el niño dice que quiere.  Un tutor ad litem representa lo que cree que sea el mejor interés de niño.   


Si CASA, que significa "Court Appointed Special Advocates" (Abogados Especiales Nombrados por la Corte) es disponible en su área, el juez puede asignar a CASA como tutor ad litem de su hijo.  Si CASA no es disponsible, el juez también puede nombrar a un adulto competente con conocimientos, habilidades y capacitación pertenentes como tutor ad litem.  El nombramiento de CASA o un tutor ad litem independiente se autoriza por la ley de Texas.  El papel de CASA o un tutor iindependiente ad litem es hacer reportes al juez con respecto a la salud, seguridad, bienestar, y lo más importante, lo que ellos creen es el mejor interés del niño.  El tutor ad litem tiene derecho a revisar todas y cada una de las alegaciones, asistir a las audiencias y revisar la información protegida con respect a su hijo, como los registros médicos o educativos.  Además, el tutor ad litem puede reunirse con el niño sin el consentimiento de los padres.  No se requiere que CASA o el tutor ad litem independiente tenga licencia para ejercer la abogacía.   


El abogado ad litem puede ser designado para representar al niño en los procedimientos legales para asegurar que los derechos del niño estén protegidos o en una doble capacidad como tutor y abogado ad litem.  En una función dobe, el abogado ad litem representa tanto el interés superior del niño como los objectivos expresados por el niño ante la corte.  A diferencia de la designación de un tutor ad litem separado, el doble papel de abogado ad litem y tutor ad litem sólo puede cumplirse por un abogado con licencia.  

D. Colocación del Niño

Se requiere que DFPS coloque al niño con un pariente o un amigo de la familia, si el niño se puede colcar con seguridad con esa persona.  Si un padre tiene un amigo o miembro de la familia que está dispuesto a actuar como colocación para el niño, el padre puede decirle a la corte en la audiencia inicial.   Para que se apruebe la colocación, DFPS generalmente requiere que un miembro de la familia no tenga historia criminal o historia con DFPS y que tenga un estudio aprobado del hogar.  Si un padre provee una opción alternativa de colocación en una audiencia, el juez puede ordenar a DFPS que realice un estudio en el hogar para determinar si el amigo o familiar que el padre sugiere es una opción apropiada para la colocación.  Un padre puede sugerir una colocación con un amigo o miembro de la familia en cualquier momento después de la audiencia inicial también.  Si un padre quiere sugerir una colocación con un amigo o familia, puede ser útil notificar a DFPS y a la corte de la colocación propuesta tan pronto como sea posible en el caso.   

E. Audiencias y Órdenes

1. Audiencia Inicial

Si la corte otorga a DFPS la Custodia Primaria Temporal (Temporary Managing Conservatorship) en la audiencia inicial o después de una audiencia de remoción impugnada, se emitirán órdenes temporales.   Un padre puede solicitar que se le otorgue la Custodia Secundaria Temporal (Temporary Possessory Conservator) lo cual permite que un padre tenga algunos derechos y deberes listados en la orden judicial.  La orden temporal también incluirá órdenes referentes a los servicios que un padre debe completar para obtener la devolución de su hijo.  La orden puede incluir la participación de los padres en servicios dirigidos a tratar la razón por la cual el niño fue removido.  Por ejemplo, terapia, evaluación por abuso de sustancias, etc. son todos los tipos de servicios que un padre puede ser ordenado a buscar.  A diferencia de los FBSS o solicitudes anteriores de DFPS, la participación en estos servicios ya no es opcional porque han sido ordenados por la corte.  El incumlimiento con la orden puede resultar en que la corte limite o rescinda la patria potestad de los padres sobre su hijo.  Las órdenes que se encargan de servicios pueden cambiarse a lo largo de la duración de un caso.  La orden temporal también puede incluir lo siguiente: 
 
  • a) ​manutención temporal;
  • b) horario temporal de visitas con el niño para los padres, hermanos, o los dos:
  • c) si la familia o los amigos con relaciones preexistentes con el niño deben ser formalmente evaluados para la colocacion; y
  • d) evaluaciones médicas y psicológicas para el niño.

2. Audiencia de Evaluación (STATUS HEARING) (60 Dias Después de la Remoción)

Adaptado del Manual de la Asociacion de Abogados Jovenes de Texas (Texas Young Lawyers Association Handbook)

Dentro de los 60 días a partir de la fecha de remoción habrá otra audiencia al cual los padres deben asistir.  El propósito principal de esta audiencia es discutir el plan de servicio que el trabajador del caso ha desarrollado para los padres, para cualquier otro con custodia, y para el niño.  Un padre legalmente tiene derecho a recibir notificación de por lo menos 10 días de la fecha, hora y lugar de esta audiencia.   Sin embargo, la notificación probablemente se dará a un padre en el momento de la audiencia inicial.  Si el padre no tiene abogado en esta audiencia y no puede pagara a un abogado, el padre puede pedirle a la corte que se le designe uno para ellos.   
 
Otro aspecto de la audiencia de evaluación es permitir que todas las partes implicadas discutan cualquier pariente o amigo quien pudiera ser apropiado a considerarse para la colocación.  Si un padre tiene familia o amigos que están dispuestos a cuidar al niño durante el proceso de DFPS, el padre debe discutir con su abogado si estas personas deben proponerse como opciones para  colocación. 
 
Finalmente, en la audiencia de evaluación el trabajador del caso presentará a la corte el plan de permanencia para su hijo y le pedirá a la corte que se aprueben los planes de servicio que se han creado para usted, otras personas o padres con custodia y el niño.  En cada caso hay dos objetivos de permanencia que forman el plan de permanencia, una meta de permanencia primaria y una de permanencia concurrente.  En la audiencia de evaluación el trabajador del caso presentará a la corte las metas de permanencia que se han identificado como apropiadas en su caso.   
 
La meta de permanencia primaria es el objetivo para que esté trabajando el DFPS.  El objetivo de permanencia concurrente es una meta de respaldo si la meta primaria se hace inalcanzable.  Hay cuatro categorías principales de metas de permanencia según lo establecido por la ley estatal y federal:  
 
  • a) Reunificación Familiar
  • b) Adopción
    • i) Adopcion por un familiar o pariente
    • ii) Adopción no por parientes
  • c) Custodia Primaria Permanente a un individuo familiar o adecuado
    • i) Custodia a base de Parentesco
    • ii) Custodia no por parientes
  • d) Otro Acuerdo de Hogar Permanente Planificada (Another Planned Permanent Living Arrangement )(APPLA) 
    • i) Familia de Crianza//Custodia por DFPS
    • ii) Otros parientes/Custodia por DFPS
    • iii) Vivir Independientemente
    • iv) Cuidado de la Comunidad
 
La Audiencia de Evaluación es un tipo de registro donde todas las partes establecen sus metas y expectativas.  Tanto su plan de servicio como el plan de servicio para su hijo están sujetos a la aprobación de la corte.  La falta de participación en los servicios requeridos por su plan de servicio puede causar la restricción o terminación de la patria potestad.  Su progreso en el plan de servicio se monitorear y se reportar a la corte en cada audiencia.  

3. Audiencia de Permanencia (180 Dias Después de la Remoción y Más Allá)

 Adaptado del Manual de la Asociacion de Abogados Jovenes de Texas (Texas Young Lawyers Association Handbook)

La Audiencia de Permanencia Inicial tendrá lugar no más de seis meses o 180 días después de la remoción inicial de su hijo.  En esta audiencia, el juez revisará el progreso de los padres en completar su plan de servicio.  El juez también considerará el bienestar del niño y los deseos del niño en esta audiencia.  Debido a que el DFPS tiene el deber continuo de tratar de colocar al niño con familia o amigos en lugar de un hogar de crianza, el juez puede preguntar a los padres si alguno de sus familiares o amigos está dispuesto y capaz de funcionar como colocación para su hijo en esta audiencia.   


En la Audiencia de Permanencia Inicial el juez también querrá saber si los padres han comenzado o no sus planes de servicio y si han cumplido con las órdenes de la corte.  Si un padre ha completado algunos servicios el padre debe traer la documentación con él a la corte o, si procede, proveerla a su abogado antes de la audiencia de permanencia.  Los servicios basados en la comunidad pueden ser añadidos a o removidos del plan de servicio en esta audiencia.  Si se ha hecho progreso significativo en el caso y es apropiado el juez puede ordenar que el niño regrese a casa en este momento.  Un niño también puede ser devuelto a casa de un padre antes de la audiencia de permenancia inicial si se aprueba por la corte.   


La ley de Texas requiere que la corte tenga una Audiencia de Revisiôn de Permanencia o una Audiencia de Revisión por lo menos cada 120 días o 4 meses después de la Audiencia de Revisión de Permanencia Inicial.  Sin embargo, las Audiencias de Revisión pueden celebrarse más a menudo que cada 4 meses si una de las partes la solicita o por propia inciativa de la corte.  En cada Audiencia de Revisión el juez evaluará el progreso de todas las partes y si es apropiado devolver al niño al hogar de un padre.   El trabajador del DFPS enviará un informe escrito sobre el progreso del caso a la corte antes de cada Audiencia de Revisión.  Un padre y su abogado tendrán derecho a obtener copies del informe presentado ante la corte antes de la audiencia.   


Si usted es un no padre, amigo o miembro de la familia que está interesado en convertirse en una colocación para el niño que actualmente está en cuidado de crianza, usted querrá asistir a las Audiencias de Revision para identificarse al abogado y/o tutor ad litem y al juez.  También es posible que quiera solicitar consejos legales sobre como intervenir (involucararse) en la Petición Afectando la Relación entre Padre e Hijo.  Debe cumplir con ciertos requisitos legales y solicitar permiso de la corte para intervenir en este tipo de demanda. 

4. Ordenes

Cada audiencia que se lleva a cabo a través de un caso de DFPS debe resultar en una orden escrita.  Las órdenes que se hacen durante una audiencia en un caso de DFPS son muy importantes.  Si un padre no sigue las órdenes hechas por la corte durante un caso de DFPS, la patria potestad del padre en cuanto a su hijo puede terminarse.  Un padre siempre debe solicitar una copia de todas las órdenes hechas durante un caso de DFPS.  Si el padre no entiende o no puede seguir una orden de la corte, el padre debe discutir estos asuntos con su abogado.  Los cuidadores deben también discutir las órdenes hechas con respecto al niño y las órdenes sobre visitas con el niño con el trabajador del caso y el abogado/tutor ad litem para que el cuidador entienda lo que se requiere para el niño.  El incumplimiento de las órdenes con respecto a las visitas o los requisitos para el niño podría resultar en que el niño sea colocado en otro hogar.   

5. Reuniones de Planificación de la Permanencia

De vez en cuando a lo largo del proceso del DFPS se celebrarán reuniones conocidas como reuniones de planificación de permanencia, o PPM (Permanency Planning Meeting).  En cada reunión, un padre tendrá la oportunidad de discutir el progreso del caso fuera de la presencia del juez.  El grupo también discutirá las barreras para completar exitosamente el plan de servicio de un padre, desarrollará estrategias para ayudar a los padres a completar su plan de servicio y lograr la permanencia para el niño.  Estas reuniones generalmente se llevan a cabo de manera seimi-regular y tienden a ocurrir justo antes o justo después de las audiencias de revisión de permanencia.  

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