Child Protective Services (Servicios de Protección Infantil) Artículo 1 de 7: Denunciar abuso o negligencia
Servicios de protección infantil (Child Protective Services, CPS)
Este artículo propociona información sobre la denuncia de abuso o negligencia a Child Protective Services (Servicios de Proteccion Infantil). Este artículo fue escrito por Legal Aid of Northwest Texas y La Línea de Ayuda Familiar de Texas Legal Services Center (Family Helpline at Texas Legal Services Center).
Este artículo propociona información sobre la denuncia de abuso o negligencia a Child Protective Services (Servicios de Proteccion Infantil). Este artículo fue escrito por Legal Aid of Northwest Texas y la Linea de Ayuda Familiar.
Introducción
La ley de Texas exige que cualquier persona que sospeche que un niño u otro individuo vulnerable esté siendo abusado o descuidado debe denunciar tales incidentes. Código de la Familia de Texas, Sección 261.101(a) dice: “Una persona que tenga cualquier razón a creer que la salud o bienestar físcio o mental de un niño ha sido afectado negativamente por abuso o negligencia por cualquier persona debe hacer una denuncia inmediatemente ...." al (800) 252-5400 or en linea a TxAbuseHotline.org. No todas las llamadas a la línea directa dan lugar a que DFPS abra una investigacion. Si una llamada a la línea telefónica de DFPS le dirige a abrir una investigación, la siguiente información es útil.
Categorización de la denuncia de abuso o negligencia
Categorías de Abuso y Negligencia:
- Abandono;
- Abuso emocional;
- Negligencia médica;
- Supervisión negligente;
- Abuso físico;
- Negligencia física;
- Denegación de responsabilidad parental (RAPR); y
- Acoso sexual.
Cada una de las ocho categorías de abuso y negligencia tiene su propia lista específica de criterios que deben cumplirse para ser colocados en esa categoría. La categorización occure después de la toma telefónica de información y está sujeta a cambios si nueva información se hace disponible después de que haya empezado la investigación.
Una vez recibida y categorizada la denuncia basada en el tipo de abuso o negligencia reportada se le asignará el nivel de Prioridad 1 (P1) o el nivel de Prioridad 2 (P2). Las denuncias del P1 requieren que un investigador del DFPS establezca contacto con la presunta víctima dentro de un plazo de 24 horas. Por otra parte, las denuncias del P2 requieren que el investigador se comunique con la presunta víctima dentro de las 72 horas.
Nivel de Prioridad 1
- Alegaciones sobre una amenaza inmediata a la salud, la seguridad, el bienestar o la vida del niño;
- Denuncias de abuso o negligencia que ocurren dentro de los 12 meses de otra investigacion de abuso o negligencia; o
- Denuncias sobre la muerte de un niño.
Nivel de Prioridad 2
Si una denuncia de abuso o negligencia presunta no cumple con los criterios de una denuncia P1, se le asigna a la P2.
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