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Child Protective Services (Servicios de Protección Infantil) Article 7 de 7: Terminación of la Patria Potestad

Servicios de protección infantil (Child Protective Services, CPS)

Este artículo proporciona información sobre los Servicios de Protección Infantil (Child Protective Services) y Terminación de la Patria Potestad (Termination of Parental Rights). Este artículo fue escrito por Legal Aid of Northwest Texas y La Línea de Ayuda Familiar de Texas Legal Services Center (Family Helpline at Texas Legal Services Center).

Este artículo proporciona información sobre los Servicios de Protección Infantil (Child Protective Services) y Terminación de la Patria Potestad (Termination of Parental Rights). Este artículo fue escrito por Legal Aid of Northwest Texas y La Línea de Ayuda Familiar de Texas Legal Services Center.

Información General

Para terminar la patria potestad (terminar los derechos del padre) en cuanto a su hijo, un juez o jurado debe determinar por evidencia "clara y convincente" que existe al menos un motivo para la terminación Y que la terminación de la relación padre-hijo es en el mejor beneficio del niño.  Si DFPS es el peticionario piediendo la terminación, DFPS es la parte con la carga de la prueba.  Evidencia clara y convincente es la carga de la prueba la cual DFPS tiene que demostrar al juez o jurado a solicitar la terminación de la patria potestad.  Evidencia clara y convincente es la medida o nivel de prueba que producirá en la mente del juez o jurado una creencia o conviccion firme sobre la verdacidad de las acusaciones que se pretenden establecer.  No se requiere que un padre se ponga de acuerdo en la terminación de la patria potestad en cuanto a su hijo.  Si un padre no está de acuerdo de que se termine la patria potestad en relación con su hijo, DFPS debe ser capaz de cumplir con su carga de la prueba con evidencia en las cortes.   

A. Motivos por la Terminación

El Código de la Familia enumera actualmente 20 posibles motivos diferences para la terminación de la patria potestad (la relación padre-hijo).  Todos los motivos por la terminación la cual se pide al juez o jurado por DFPS deben listarse en la petición de DFPS para la terminación de la patria potestad. Algunos de los motivos mas comunes para la terminación de la patria potestad de un padre en cuanto a su hijo involucran el abandono del hijo en el cuidado de CPS por el padre, la exposición al peligro de un padre al niño, y el incumplimiento de un padre con las órdenes judiciales que establacieron las acciones necesarias para obtener la devolución de su hijo.

B. Mejor Beneficio del Niño

El mejor beneficio del nino es la segunda parte la cual DFPS tiene que demostrar por evidencia clara y convicente para terminar la patria potestad de un padre hacia su hijo.  Sin embargo, el mejor beneficio del niño es la preocupación principal en cualquier demanda la cual involuncre a niños.  La corte considerará lo que es en el mejor beneficio del niño durante todo el caso de DFPS.  Aunque la ley proporciona un listado de los factores a considerar para determinar el mejor beneficio del niño, ningun factor supera a los demás.  Los factores que se enumeran a continuación se consideran en su conjunto por la corte al determinar el mejor beneficio del niño duranto el caso de DFPS: 
 
  1. la edad del niño y su estado físico y mental;
  2. la estabilidad del hogar;
  3. la medida del daño al nino;
  4. si el niño ha sido victima de daño repetido después del involucramiento de DFPS:
  5. si el niño teme vivir en o regresar a su hogar; 
  6. los resultados de las evaluaciones psiquiátricas, psicológicas o del desarrollo de todas las partes involucradas;
  7. si hay antecedentes de conducta abusiva o agresiva en el hogar;
  8. si hay un historial de abuso de sustancias en el hogar;
  9. si se ha identificado el autor del daño causado al niño;
  10. la disposición y la capacidad de la familia del niño a buscar, aceptar y completar los servicios según lo solicitado por DFPS; 
  11. la voluntad y la capacidad de la familia del niño a efectuar cambios positivos en un plazo razonable;
  12. si la familia del niño demuestra preparación parental adecuada: y  
  13. si el nino dispone de un sistema de apoyo social adecuado.
 
Además, al considerar la posibilidad de terminar la patria potestad del padre en relación con su hijo, también deben considerarse los
siguientes factores:
 
  1. los deseos del niño;
  2. las necesidades emocionales y físicas del niño ahora y en el futuro;
  3. el peligro emocional y físico para el niño ahora y en el futuro;
  4. ​la preparación parental de los individuos que solicitan la custodia; 
  5. los programas disponibles para ayudar a estas personas a promover el beneficio mejor del niño;
  6. los planes para el niño por estas personas o el organismo que busca la custodia;
  7. la estabilidad del hogar o la colocación propuesta;
  8. los actos u omisiones del padre los cuales puedan indicar que la relación padre-hijo existente no es adecuada; y 
  9. cualquier excusa por los actos u omisiones del padre.  

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