Cambio de una orden de custodia, visitas o manutención infantil
Divorcio
Este artículo responde las preguntas frecuentes sobre cómo cambiar una orden de custodia, visitas, manutención infantil, manutención médica o manutención dental existente. ENLACE A FORMULARIOS INCLUIDOS.
¿Cómo cambio una orden de custodia, visitas, manutención infantil o manutención médica existente?
Puede pedirle a un juez que cambie una orden de custodia, visitas, manutención infantil o manutención médica presentando un caso de modificación.
¿Se puede cambiar una orden judicial sin acudir a la corte?
No. Solo un juez puede cambiar una orden judicial.
¿Hay formularios de "hágalo usted mismo" que pueda utilizar para presentar un caso de modificación?
Si. Obtenga instrucciones y formularios de modificación de hágalo usted mismo aquí: Necesito cambiar una orden de custodia, visitación o manutención.
Nota: Estas instrucciones de modificación son para casos no controvertidos (acordados o predeterminados). Si su caso es impugnado, es mejor contratar a un abogado o solicitar ayuda de la División de Manutención de Niños del Procurador General de Texas.
¿Quién puede presentar un caso de modificación?
Cualquiera de los padres puede presentar un caso de modificación.
Si no es el padre del niño, puede presentar un caso de modificación si:
- Está incluido como parte en la orden actual,
- Ha tenido el cuidado, el control y la posesión reales del niño durante al menos los ultimos 6 meses, no más de 90 días antes de la fecha en que presentó el caso de modificación ante el tribunal y no es un padre de crianza.
- Ha vivido con el niño y el padre, tutor o custodio del niño durante al menos los últimos 6 meses, no más de 90 días antes de la fecha de presentación del caso de modificación, y el padre, tutor o custodio del niño ha fallecido.
Es el abuelo, bisabuelo, hermana, hermano, tía, tío, sobrina o sobrino del niño y:
- Ambos padres están muertos
- Ambos padres, el padre sobreviviente o el tutor encargado están de acuerdo,
- Las circunstancias actuales del niño dañarán significativamente la salud física o el desarrollo emocional del niño.
La División de Manutención de Menores del Procurador General de Texas también puede presentar un caso de modificación. Conozca cuándo la División de Manutención de Niños del Procurador General de Texas puede ayudar y cómo solicitar sus servicios aquí: Procurador General de Texas: Preguntas Frecuentes sobre Modificaciones de Manutención de Niños.
¿Puede el Procurador General ayudarme a cambiar una orden judicial?
Tal vez. Conozca cuándo puede ayudar la División de Manutención de Menores del Procurador General de Texas y cómo solicitar sus servicios aquí: Procurador General de Texas - Preguntas Frecuentes sobre Modificaciones de Manutención de Menores.
¿Necesito un abogado que me ayude con mi modificación?
No es necesario tener un abogado para presentar un caso de modificación. Sin embargo, antes de presentar su caso es una buena idea hablar con un abogado sobre su situación. Un abogado puede explicarle sus derechos y opciones.
Si necesita ayuda para encontrar un abogado:
- Utilice nuestro Buscador de ayuda legal para buscar un servicio de referencia de abogados, una oficina de asistencia legal o un centro de autoayuda en su área.
- Consulte nuestro Calendario de Clínicas Jurídicas para saber si hay una próxima clínica legal gratuita cerca de usted.
- Utilice ”Hacer una Pregunta” para chatear en línea con un abogado o estudiante de derecho.
¿Puedo contratar a un abogado sólo para darme un consejo?
¡Sí! Usted puede contratar a un abogado de derecho familiar sólo para darle consejo, revisar sus formularios, redactar un documento o ayudarle a prepararse para una audiencia. Usted puede manejar las otras partes de su caso. Contratar a un abogado para un propósito limitado se llama representación de alcance limitado.
¿Cuánto cuesta presentar un caso de modificación?
Cuando usted presenta un caso en la corte, generalmente debe pagar una "cuota de presentación." Si necesita que el otro padre sea notificado, también debe pagar una tarifa de emisión y una tarifa de notificación. Estas tarifas varían según el condado. Comuníquese con la oficina del secretario de distrito en el condado donde planea presentar su caso para conocer las tarifas.
Si no tiene suficiente dinero para pagar las cuotas, puede pedirle al juez que le exima de las cuotas completando y presentando una Declaración de Incapacidad para Pagar los Costos de la Corte. Lea este artículo para obtener más información: Honorarios de la corte y exenciones de cuotas.
¿Cuánto tarda un caso de modificación?
Eso depende. Si todos está de acuerdo y están dispuesto a firmar los formularios necesarios, un caso modificación se puede terminar en cuestión de días.
Si nadie está de acuerdo, su caso es impugnado. Los casos impugnados por modificación llevarán mucho más tiempo.
¿Dónde presento un caso de modificación?
Debe presentar un caso de modificación en el condado de Texas donde se realizó la orden actual.
Si el niño ha vivido en otro condado de Texas durante los últimos 6 meses, aún debe presentar el caso de modificación en el condado donde se emitió la orden actual. Sin embargo, tiene la opción de pedirle a la corte que transfiera el caso al nuevo condado de origen del niño. Debe presentar una Moción de transferencia al mismo tiempo que presenta su Petición para modificar la relación entre padres e hijos. Hable con un abogado sobre si esto tiene sentido para su caso.
Si su hijo ha vivido en otro estado durante los últimos 6 meses, hable con un abogado sobre dónde presentar su caso. Utilice nuestra herramienta Buscador de ayuda legal para encontrar un abogado privado o ayuda legal gratuita o de bajo costo en su área.
¿Usaré el mismo número de causa en un caso de modificación?
Si. El caso de modificación se presenta con el mismo número de causa que la orden actual. El número de causa y el número de la corte deben estar en la parte superior de la primera página de la orden actual.
¿Qué pasa si mi petición es en otro estado?
Pídale a un abogado que lo ayude a determinar si Texas tiene jurisdicción para cambiar su orden de otro estado.
Si necesita ayuda para encontrar un abogado, puede:
- Utilice nuestro Buscador de ayuda legal para buscar un servicio de referencia de abogados, una oficina de asistencia legal o un centro de autoayuda en su área.
- Consulte nuestro Calendario de clínicas legales para saber si hay una clínica legal próxima a usted.
- Utilice Preguntar para chatear en línea con un abogado o estudiante de derecho.
¿Qué pasa si mi orden es en Texas, pero el niño, el otro padre o yo vivimos ahora en otro estado?
Pida a un abogado que le ayude a determinar si el tribunal de Texas que emitió su orden todavía tiene jurisdicción para cambiarla.
Si necesita ayuda para encontrar un abogado de derecho familiar:
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- Consulte nuestro Calendario de Clínicas Legales para obtener clínicas legales gratuitas en su área.
- Utilice Hacer una pregunta para chatear en línea con un abogado o estudiante de derecho.
¿Quién es el "peticionario" en un caso de modificación?
La persona que solicita que se cambie la orden actual es el "peticionario". Esto es cierto incluso si esa persona figura como "demandado" en la orden existente.
¿Quién es el "demandado" en un caso de modificación?
Cualquier otra persona que figure como parte en el orden actual debe figurar como "demandado".
Si la División de Manutención de Menores de la Oficina del Procurador General figura como parte en la orden actual, también debe incluirla como "demandado".
¿El juez cambiará la orden actual?
Depende. Hay normas legales que los jueces deben seguir antes de cambiar una orden judicial. Corresponde a la persona que pide el cambio probar la norma legal. Lea más abajo sobre las diferentes normas legales.
¿Cuál es la norma legal para cambiar la manutención de los hijos o la asistencia médica?
Para cambiar la manutención de los hijos o la asistencia médica debe demostrar que:
- Las circunstancias del niño, un tutor u otra persona afectada por la orden han cambiado material y sustancialmente. -o-
- Han pasado al menos tres años desde la última orden de manutención de los hijos, y una nueva orden de manutención, basada en las directrices de manutención de los hijos, diferiría de la última orden de manutención por al menos un 20% o $100.
Las normas legales para modificar la manutención de los hijos cambian a partir del 1 de septiembre de 2018. Vea a continuación y lea el capítulo 156.401 del Código de Familia de Texas.
Sin embargo, si usted y el otro progenitor llegaron a un acuerdo sobre el monto de la manutención de los hijos en las órdenes, entonces la norma legal podría ser diferente. Si usted y el otro progenitor acordaron una cantidad de manutención actual que es diferente de lo que las directrices de porcentaje del Código de Familia de Texas habrían requerido, entonces usted no podrá modificar la cantidad de manutención simplemente porque han pasado tres años desde que se firmaron las últimas órdenes y la obligación mensual de manutención difiere en un 20% o 100 dólares de la orden.
En esta situación, sólo se puede modificar la orden de manutención de los hijos si se puede demostrar que "las circunstancias del niño, un tutor u otra persona afectada por la orden han cambiado material y sustancialmente."
El Código de la Familia no define los "cambios materiales y sustanciales", y probarlo depende de los hechos de cada caso. Normalmente, para determinar si las circunstancias han cambiado sustancial y materialmente, el tribunal examinará las circunstancias en el momento en que se hizo y ordenó el acuerdo sobre la manutención de los hijos y las comparará con las circunstancias en el momento de la modificación destinada a cambiar ese acuerdo de manutención de los hijos.
Además, si su orden es una orden en un caso del Título IV-D (Fiscal General) y no incluye órdenes de apoyo médico o dental para el niño, entonces un tribunal puede modificar las órdenes sin que nadie tenga que demostrar que ha habido un cambio material en las circunstancias desde que se introdujeron las últimas órdenes.
¿Qué es un "cambio material y sustancial en las circunstancias" para cambiar la manutención de los hijos o la asistencia médica?
En general, esto significa que al menos una de estas cosas han sucedido:
- los ingresos del progenitor condenado a pagar la pensión alimenticia han aumentado o disminuido; o
- el progenitor al que se ha ordenado el pago de la pensión alimenticia es legalmente responsable de los hijos adicionales; o
- la cobertura del seguro médico del niño ha cambiado; o
- El régimen de vida del niño ha cambiado.
Advertencia: No presente una demanda de modificación frívola. Se le pueden cobrar los honorarios del abogado si el tribunal determina que la demanda de modificación se presentó de manera frívola o para acosar a la otra parte. Consulte el capítulo 156.005 del Código de Familia de Texas .
Algunas cortes de Texas han dicho que una disminución en el salario de un padre puede ser un cambio material y sustancial en las circunstancias que respaldan una modificación en la manutención de los hijos. Para ayudarlo a determinar si puede tener éxito en su demanda de modificación, debe hablar con un abogado que ejerza en el condado donde se firmaron sus órdenes. Además, la Biblioteca Legal del Condado de Harris tiene una guía de investigación de derecho de familia si necesita investigar más sobre el tema.
¿Es mi nuevo bebé un cambio material y sustancial en las circunstancias para cambiar la manutención de los hijos?
Si usted es la persona que paga la manutención de los hijos (el Deudor), un nuevo bebé es un cambio material y sustancial en las circunstancias. El tribunal puede considerar la posibilidad de emitir una nueva orden de manutención infantil que tenga en cuenta su responsabilidad de mantener al bebé recién nacido.
Si usted es la persona que recibe la manutención de los hijos (el obligado) y su nuevo bebé tiene el mismo padre que sus otros hijos, el bebé es un cambio material y sustancial en las circunstancias. Deberá presentar una demanda de paternidad o una demanda que afecte la relación entre padres e hijos (SAPCR) combinada con una demanda para modificar la relación entre padres e hijos. Presente el caso sobre su nuevo bebé con el mismo número de causa que la orden sobre sus otros hijos. Es posible que la Oficina del Procurador General pueda ayudarlo con esto.
Si usted es la persona que recibe la manutención de los hijos y su nuevo bebé tiene un padre diferente, el bebé no es un cambio material y sustancial. Deberá solicitar la manutención de los hijos al padre de su nuevo bebé en un caso diferente. Es posible que la Oficina del Procurador General pueda ayudarlo con esto.
¿Cuáles son las pautas generales de pensión alimenticia?
La ley de Texas establece las siguientes pautas generales para calcular la manutención infantil. La manutención infantil basada en estas pautas se denomina " pautas generales de pensión alimenticia ".
1 hijo = 20% de los recursos netos mensuales promedio del padre sin custodia
2 hijos = 25% de los recursos netos mensuales promedio del padre sin custodia
3 hijos = 30% de los recursos netos mensuales promedio del padre sin custodia
4 hijos = 35% de los recursos netos mensuales promedio del padre sin custodia
5 hijos = 40% de los recursos netos mensuales promedio del padre sin custodia
6 o más hijos = no menos del 40% de los recursos netos mensuales promedio del padre sin custodia
Consulte el Código de Familia de Texas 154.125 .
Puede usar la Calculadora de manutención de menores del Procurador General de Texas para calcular la manutención de menores.
Nota: La pauta de manutención de los hijos es ligeramente diferente si el padre que no tiene la custodia tiene otros hijos.
Lea este artículo para obtener más información: Manutención infantil y asistencia médica .
También existen diferentes pautas que se aplican si los recursos netos mensuales del pagador son $ 1,000 o menos.
¿Qué pasa si la orden existente no se basó en las pautas de manutención de menores?
Si su orden de manutención infantil acordada difiere de las pautas en el momento en que se emitió, el tribunal puede cambiar la orden solo si:
- usted y su ex están de acuerdo con el cambio, o
- el tribunal determina que ha habido un cambio material y sustancial en las circunstancias.
¿Y si me cuesta más ver a los niños porque se han mudado?
La corte puede cambiar sus órdenes para dividir los costos incrementados de manera justa. Por lo general, el tribunal ordena a la persona que se mudó que pague los gastos adicionales. El tribunal debe creer que cualquier cambio en las órdenes es lo mejor para los niños.
¿Qué pasa si descubro que no soy el padre genético del niño, puedo dejar de pagar la manutención infantil?
No, a menos que la corte ordene que puede dejar de pagar la manutención de los hijos. Es posible que tenga la opción de pedirle a la corte que ponga fin a la relación padre-hijo entre usted y el niño si descubre que no es el padre genético y cumple con ciertos otros requisitos. Esto pondría fin a su obligación de pagar la manutención de los hijos en el futuro, pero no a su obligación de pagar la manutención de los hijos que ya debe.
¿Cuál es la norma legal para cambiar la custodia o las visitas?
Para cambiar la custodia o visitación debe demostrar que el cambio es en el mejor interés de su hijo y que al menos uno de los siguientes es cierto:
- las circunstancias del niño, de un tutor u otra persona afectada por la orden han cambiado material y sustancialmente; o
- el niño tiene al menos 12 años y le dice al juez (en el despacho del juez), con quién quiere vivir; o
- la persona con custodia primaria ha permitido que otra persona tenga cuidado primario y posesión del niño durante al menos 6 meses. (Esto no se aplica si la persona con custodia primaria está en servicio activo despliegue militar.)
¿La violencia familiar es un cambio material y sustancial en las circunstancias?
La ley dice específicamente que una condena u orden de adjudicación diferida por violencia familiar es un cambio material y sustancial en las circunstancias que justificará una modificación de la custodia o las visitas.
La violencia familiar también puede ser un cambio material y sustancial en las circunstancias, incluso si el otro padre nunca ha sido arrestado o condenado. Si ha ocurrido violencia familiar, puede pedirle a un juez que dicte una nueva orden de custodia y visitas que proteja la seguridad y el bienestar de usted y sus hijos.
Si necesita ayuda, llame a una de las organizaciones que se enumeran a continuación para obtener más información:
- Línea directa nacional contra la violencia doméstica, (800) 799-SAFE (7233),
- Víctimas de delitos, (888) 343-4414, o
- Línea Legal de Violencia Familiar, (800) 374-HOPE (4673).
¿El abuso infantil es un cambio material y sustancial en las circunstancias?
La ley dice específicamente que una condena u orden de adjudicación diferida por un delito que involucra abuso de un niño es un cambio material y sustancial en las circunstancias que justificará una modificación.
El abuso infantil también puede ser un cambio material y sustancial en las circunstancias, incluso si el demandado nunca ha sido arrestado o condenado. Si ha ocurrido abuso infantil, puede pedirle a un juez que dicte una nueva orden de custodia y/o visitación que proteja la seguridad y el bienestar de su hijo.
Si necesita ayuda, llame a una de las organizaciones que se enumeran a continuación para obtener más información:
- Línea directa nacional de abuso infantil, (800) 4-A-CHILD (422-4453),
- Víctimas de delitos, (888) 343-4414, o
- Línea Legal de Violencia Familiar al (800) 374-HOPE (4673).
¿Qué más se considera un cambio material y sustancial en las circunstancias?
La ley no dice específicamente qué más califica como un "cambio material y sustancial en las circunstancias". Sin embargo, hay muchas decisiones judiciales que hablan de esto.
Un abogado con experiencia en derecho de familia puede ayudarlo a determinar si es probable que un juez descubra que ha habido un cambio material y sustancial en las circunstancias de su situación particular. El abogado también puede ayudarlo a determinar qué tipo de evidencia necesitará para probar sus acusaciones. Es posible contratar a un abogado solo para que le brinde asesoramiento legal, esto se llama representación de alcance limitado. Puede utilizar la herramienta Buscador de ayuda legal para buscar un abogado, un programa de ayuda legal gratuita o un centro de autoayuda en su área.
¿Puedo pedir que se cambie la custodia dentro de un año de la orden actual?
A menos que cumpla con ciertos requisitos legales, debe esperar al menos un año antes de volver a la corte para cambiar la custodia principal de un niño. Obtenga más información aquí: Modificación de la custodia de los hijos dentro de un año de la orden actual.
¿Qué pasa si el padre con la custodia principal está activo en el ejército y está desplegado?
A menos que los padres (y cualquier otra persona nombrada como custodio) estén de acuerdo, la corte no puede cambiar la custodia permanentemente solo porque un padre militar ha sido desplegado. Sin embargo, cualquiera de los padres puede solicitar al tribunal órdenes temporales que cambien temporalmente la custodia durante el despliegue.
En este caso, la primera opción de la corte para la custodia temporal debe ser el otro padre. Si vivir con el otro padre no sería lo mejor para el niño, la segunda opción del tribunal debe ser una persona designada por el padre militar. La tercera opción de la corte sería una persona elegida por la corte.
El tribunal también puede realizar cambios temporales en la manutención de los hijos y las visitas. Por ejemplo, la corte puede cambiar temporalmente quién paga la manutención de los hijos. O el padre militar puede pedirle a la corte que permita que una persona designada, como un abuelo o un padrastro, visite al niño mientras el padre militar está desplegado.
Cuando termina el despliegue militar, terminan las órdenes temporales. La custodia regresa al padre militar y se reanudan las órdenes de manutención y visitas originales.
¿Qué pasa si se despliega al padre con derechos de visita?
Si el padre con derechos de visita está desplegado, él o ella pueden pedirle a la corte que dicte órdenes temporales para permitir que alguien (como un abuelo o un padrastro) tome la visita del padre militar con el niño mientras el padre militar no está.
Si se despliega al padre con derechos de visita, él o ella también tiene derecho a pedirle a la corte que otorgue visitas de recuperación. Esto debe hacerse dentro de los 90 días posteriores a la fecha en que finaliza el despliegue de los padres. Lea el Código de Familia de Texas 153.709.
¿Puedo dejar de seguir la orden existente tan pronto como presente un caso de modificación?
No. Debe seguir la orden existente hasta que el juez firme una nueva orden. Hable con un abogado si tiene preguntas sobre esto.
Me preocupa que el padre con custodia trate de mudar a nuestro hijo lejos o fuera del estado. ¿Hay algo que pueda hacer?
Algunas órdenes incluyen una restricción geográfica, que limita dónde puede vivir el niño. Debe revisar su pedido para ver si incluye alguna. Si no es así, puede presentar una solicitud para modificar su orden y pedirle al juez que agregue una restricción geográfica. Puede leer más sobre las restricciones geográficas aquí: Restricciones geográficas.
Una persona que no es el padre (por ejemplo, un abuelo) está cuidando a mi hijo temporalmente. ¿Necesito hacer una modificación para que la persona que no sea el padre pueda llevar a mi hijo al médico, inscribirlo en la escuela, etc.?
Si la persona que no es el padre (por ejemplo, el abuelo) está cuidando a su hijo temporalmente, puede pensar que necesita hacer una modificación para que la persona que no sea el padre pueda llevar a mi hijo al médico, inscribirlo en la escuela, etc.
Este no es necesariamente el caso. Si su hijo está temporalmente bajo el cuidado de una persona que no sea su padre, puede obtener una autorización temporal para el cuidado de niños menores. Sin embargo, cuando exista una orden judicial, deberá obtener el permiso de la corte para hacer esto. Puede leer más aquí: Ir a la corte para obtener una autorización temporal para cuidar a un niño .
Si el otro padre está de acuerdo y puede comunicarse con él, consulte este artículo: Autorización para el cuidado de un niño por parte personas que no son los padres. Hay un formulario que puede completar sin tener que ir a la corte: El Acuerdo de autorización para un familiar que no es el padre o cuidador voluntario está disponible en el sitio web del banco de formularios del Departamento de Servicios para la Familia y de Protección de Texas .
Hay un conjunto de herramientas para pedirle a la corte una autorización temporal aquí: Autorización temporal para el cuidado de un menor (Código de familia de Texas 35).
¿Ir a la cárcel o prisión es una razón para modificar la manutención de los hijos?
El encarcelamiento de un obligado de manutención infantil en una cárcel o prisión local, estatal o federal por un período que exceda los 180 días es un cambio material y sustancial de circunstancias para los propósitos de esta sección. (Ver Texas Family Code 401 (c-1) , que entra en vigencia el 1 de septiembre de 2021).
¿Qué sucede si un padre apto muere y el otro padre no es apto?
La muerte del custodio es motivo de modificación. Sin embargo, otorgar la tutela primaria al padre sobreviviente no es automático si anteriormente existían restricciones sobre el acceso del padre sobreviviente al niño, y las razones detrás de esas restricciones aún existen. Consulte el Código de Familia de Texas 156.106 (vigente a partir del 1 de septiembre de 2021).
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