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Desalojos durante la pandemia de COVID-19

Casa y apartamento

El gobierno federal también suspendió los cargos por demora y los desalojos en ciertas propiedades durante el verano. Algunos gobiernos locales también han detenido los desalojos o han comenzado programas para ayudar a los inquilinos. Este artículo analiza cómo esto podría afectarlo.

En respuesta a la pandemia de COVID-19, la Corte Suprema de Texas detuvo la mayoría de las audiencias de desalojo en Texas hasta al menos el 19 de mayo de 2020. Muchos gobiernos locales también han suspendido los desalojos. Haga clic aquí para obtener una copia de la orden de emergencia estatal actualizada. Vea a continuación cómo esto podría afectarlo.

Si ha recibido un Aviso a Desalojar, por favor vea nuestro Juego de Herramientas de Respuesta de Desalojo para conocer los pasos que puede seguir para responder.


JUEGO DE HERRAMIENTAS DE RESPUESTA DE DESALOJO - RESPUESTA A LA EVICCIÓN

Gracias a Texas RioGrande Legal Aid por su ayuda con partes de esta página.
 

¿Todavía debo la renta?

Si. La orden de emergencia paro a los casos de desalojo temporalmente. Esto no significa que usted no debe renta.  Nada mas significa que las cortes no escucharan casos de desalojo hasta el 19 de mayo [actualizado], a lo mas temprano. Esto ayudara a algunas personas por la razón que los propietarios primero tendrán que obtener una orden de la corte para desalojar a alguien.  Esto significa que no puede esta desalojado por el tiempo que la corte no esta escuchando casos de desalojo.

Además, ninguno de las protecciones locales (vea abajo) adicionales dicen que no debe renta. Ellos nada mas temporalmente paran los desalojos.

A menos que la acta de CARES aplique, puede deber cargos por pagos atrasados también.

Recuerda que si no pagas a la renta, aún puede ser desalojado cuando el tribunal finalmente escuche su caso. En la mayoría de las ciudades, los propietarios pueden optar a no aceptar la renta tarde aunque una orden de emergencia los prohíbe de desalojarlo de inmediato.

Haga clic aquí para ver una visualización de las reglas de desalojo temporal del gobernador de BASTA y Texas Rio Grande Legal Aid.

¿Puedo obtener ayuda con la renta?

Tal vez. Adicionalmente a el programa estatal Ayuda para Texans, algunas áreas tienes programas locales para ayudar a residentes:

Área de Amarillo / Panhandle: Solicite asistencia de renta a través del Programa de Apoyo COVID-19 de Panhandle Community Services: https://www.pcsvcs.org/services/covid-19-support.

Los residentes de Amarillo también pueden obtener ayuda a través de la ciudad en: http://comdev.amarillo.gov/programs/c-d-b-g/coronavirus-aid-relief-and-economic-security-act-cares-cdbg-cv?fbclid=IwAR0i0qtz8OZs1ZMbZIOffzxmaGYBr_4v_W_uI0doERJJF888qcUlUzTe2kQ.

Austin: [Actualizado 22/7/20 ] Austin aprobó otra ronda de asistencia para el alquiler el 22 de julio. Vea el sitio web de la ciudad en https://www.austintexas.gov/rent y el sitio web del Fondo RISE de Austin en www.austintexas.gov/article/covid-19-relief-state- Fondo de emergencia. Más información debería llegar pronto.

Condado de Bexar (afuera de San Antonio): Aplique para asistencia de renta aquí, http://www.habctx.org/TRAM. Los fondos son limitados. Aplicaciones están procesados por orden de llegada.

Condado de Brazoria: Solicite ayuda con renta y los servicios públicos a través de United Way del Condado de Brazoria (979-849-9402), y Salvation Army (979-233-5420), o
Comunidades en Escuelas del Condado de Brazoria (979-267-6799). Vea el folleto en inglés y español aquí.

Condado de Collin: Solicite ayuda con de renta y otras facturas a través del programa CARES del condado de Collin. Consulte el sitio web del condado de Collin para obtener más información: https://www.collincountytx.gov/cares/Pages/default.aspx.

Ciudad de Dallas: Aplique para asistencia de renta aquí, https://app.keysurvey.com/f/41488388/1580.  Los fondos son limitados. Aplicaciones están procesados por orden de llegada. (Actualizado: Este programa ha alcanzado la capacidad y ha cerrado para aplicantes nuevos)

Área de Dallas/Fort Worth: Visite el sitio web de Dallas Evictions 2020 o envíe un correo electrónico a DallasEvictions2020@gmail.com para ver si un abogado voluntario puede ayudarlo a evitar un desalojo.

Condado de Denton: United Way de el condado de Denton se ha asociado con organizaciones locales para ayudar a personas con renta durante este tiempo. Para aplicar, vaya a la pagina de United Way del condado de Denton, https://www.unitedwaydenton.org/crf-partners-eligibility

El Paso: Los propietarios pueden solicitar ayuda con la renta de los inquilinos a través de El Paso Rent Help: https://www.eprenthelp.org/. Pídale ayuda al arrendador si necesita ayuda. El período de solicitud finaliza el 16 de agosto.

Condado de Fort Bend: vaya a https://www.fortbendcountytx.gov/ para obtener información sobre cómo solicitar ayuda en el condado de Fort Bend. (Actualización: este programa ya no acepta solicitudes).

Residentes de Fort Worth: Solicite asistencia de renta y otras facturas a través del Programa de Asistencia Doméstica de Emergencia de Fort Worth en http://fortworthtexas.gov/neighborhoods/covid-19-relief-funds/ o llame al 817-392-5720.

Ver también si la programa de Fort Worth’s Community Action Partners le pueda ayudar en, http://fortworthtexas.gov/cap/apply.

Galveston: https://www.galvestontx.gov/1105/Short-Term-Tenant-Based-Rental-Assistanc

El condado de Harris y lugares alrededor: Los residentes del Condado de Harris pueden solicitar ayuda a través del Fondo de Ayuda COVID-19 del Condado de Harris a partir del 23 de junio a las 6:00 a.m. (Actualización: las solicitudes están cerradas por esta la ronda de financiación).

Vea la lista de organizaciones locales que ayudan con renta, útiles, comida, ropa, y otra asistencia (de la autoridad de vivienda del condado de Harris)  http://hchatexas.org/wp-content/uploads/Emergency-Assistance-List-04-30-14.pdf

Consulte también la lista de programas de la Asociación de Apartamentos de Houston que pueden ayudarlo en https://www.haaonline.org/financialhelp.

Los Abogados Voluntarios de Houston pueden ayudarlo a obtener un abogado gratuito para su caso de desalojo del Condado de Harris.

Condado de Hidalgo: Vea el sitio web de la Agencia de Servicios Comunitarios del Condado de Hidalgo para aprender cómo solicitar ayuda con la renta y otras facturas: https://hidalgocsa.org/covid-19-assistance/.

Hidalgo Cares está aceptando solicitudes para asistencia de renta e hipoteca. Descubra cómo presentar una solicitud en https://www.hidalgocares.org/.

Houston: Propietarios y arrendatarios pueden aplicar para ayuda por parte de Houston Rental Assistance Program. Propietarios pueden inscribirse empezando el 7 de mayo a las 10:00 AM. El propietario tiene que inscribirse primero para poder poner su propiedad en el directorio de participación. (Actualización: este programa ya no acepta solicitudes).

Killeen: Puede llenar y entregar una aplicación para ayuda con la renta y útiles en Killeen yendo a  https://www.killeentexas.gov/DocumentCenter/View/2354/COVID-19-Hardship-Assistance-Application. (Actualización: este programa ya no acepta solicitudes).

Lubbock y lugares alrededor: El Salvation Army esta proporcionando ayuda para renta y útiles. Llama al 80-765-9434 para una cita.

Residentes de San Antonio: Vea si San Antonio’s Fair Housing Program le pueda ayudar en https://www.sanantonio.gov/NHSD/Programs/FairHousing. El programa también le pueda ayudar con hipotecas y útiles, incluso internet.

Vea también el sitio web de la Ciudad de San Antonio para servicios adicionales: https://covid19.sanantonio.gov/Programs/Financial-and-Housing-Recovery-Center. O llame al 210-207-5910.

Condado de Tarrant: puede solicitar ayuda con la renta a través del Programa de asistencia de renta del condado de Tarrant: http://www.tarrantcounty.com/en/county/social-services/rental-assistance-program.html.

Otras Áreas en Texas: Para ver si hay ayuda disponible en su área:

¿Que tipos de desalojos están en espera?

El gobierno estatal, local e incluso federal ha tomado medidas para detener los desalojos.

Detenciones Estatales y Locales de Desalojos:

Texas ha finalizado su alto en todo el estado de desalojos. Sin embargo, los siguientes gobiernos y tribunales locales tienen desalojos temporalmente limitados:

  • Austin: La ciudad prohíbe que los propietarios den a los inquilinos residenciales y comerciales un aviso de desalojo por incumplimiento de pago o violaciones de arrendamiento hasta el 25 de Julio de 2020. (Se requiere un aviso de desalojo antes de solicitar un desalojo en el tribunal).  Austin también aprobó una regla que, antes del 9 de mayo, requería que los propietarios avisaran por escrito con 60 días de anticipación a los inquilinos antes de que puedan solicitar el desalojo. El inquilino tiene derecho a compensar la renta no pagado durante estos 60 días.
  • Condado de Dallas: No habrá audiencias de desalojo para casos de desalojo presentados en Julio hasta el 5 de Agosto. Es probable que los tribunales aún escuchen desalojos para casos presentados antes de Julio.
  • Condado de Bryan / Brazos (solo el Distrito Electoral 4): El Distrito Electoral 4, que cubre partes del condado de Bryan y Brazos, ha suspendido nuevas audiencias de desalojo hasta el 25 de Agosto. Esta regla no se aplica a todo el condado de Bryan o Brazos. Se aplica solo al el Distrito Electoral 4.
  • Condado de Travis: [Actualizado] El condado prohíbe a los propietarios dar a los inquilinos residenciales y comerciales un aviso de desalojo hasta el 30 de Septiembre. (Se requiere un aviso de desalojo antes de solicitar un desalojo en el tribunal). Además, el condado exige que los propietarios juren que La Ley CARES (ver más abajo) no les prohíbe desalojar a inquilinos residenciales. (Nota: Todos los propietarios de Texas ahora deben jurar que la Ley CARES no prohíbe el desalojo).

Algunos tribunales individuales fuera del condado de Travis y Austin pueden haber optado por no escuchar los desalojos en este momento, pero no confíe en esto. Asegúrese de presentarse a cualquier audiencia de desalojo programada.

Tenga en cuenta que cualquier prohibición de desalojo federal también se aplica localmente. Las prohibiciones de desalojo locales se suman a las prohibiciones federales.


Derechos Especiales del Inquilino

Las ciudades de Dallas, San Antonio y San Marcos ya no prohíben los desalojos, pero dan derechos especiales a los inquilinos. Estos derechos incluyen:

  • Ciudad de Dallas: La ciudad requiere un "Aviso COVID de posible desalojo" especial de 21 días para todos los desalojos. Si los inquilinos responden al Aviso COVID dentro de los 21 días y muestran que han sido afectados por COVID-19, el inquilino tiene 60 días para pagar la renta que no ha pagado. Para obtener más información, visite el sitio web del Dallas City Hall: https://dallascityhall.com/departments/fairhousing/Pages/COVID-19-EVICTION-FACTS.aspx.
  • San Antonio: Los propietarios deben dar a los inquilinos que enfrentan desalojo un Aviso de Derechos de Inquilinos o arriesgarse a una multa de $500.
  • San Marcos: La ciudad aprobó una regla que exige que los propietarios den un aviso por escrito de 90 días a los inquilinos antes de que puedan emitir un aviso para desalojar, antes de solicitar el desalojo. El inquilino tiene derecho a pagar la renta no pagado durante estos 90 días. Los inquilinos tienen derecho a recibir este aviso de 90 días hasta que el Concejo Municipal termine la declaración de desastre de San Marcos.


Detenciones Nacionales de Desalojos:

El gobierno federal a prohibido desalojos de cualquier complejo de apartamentos que se aprovechan de la Agencia de Vivienda y Finanzas Federales progama COVID forbereance. Esto significa que si usted vive en un edificio multi familiar y el FHFA le da a su propietario una abstención en la hipoteca, su propietario no lo puede desalojar por renta no pagada por tanto que la abstención este en lugar.

Acta de CARES: El congreso recientemente paso la Scta de CARES en respuesta a COVID-19. La acta detiene desalojos en cualquier propiedad que recibe financiamiento de parte del gobierno federal hasta el 25 de julio del 2020. Propiedades afectadas incluye cualquier propiedad que esta “asegurada, garantizada, complementada, o asistida en alguna manera, por cualquier oficial o agencia del gobierno federal.” Esto significa propiedades que no están permitidos de desalojarlo hasta el 25 de julio si ellos:

La acta también detiene a los propietarios de cobrar recargos en estas propiedades.

Vea este articulo de parte de Texas Rio Grande Legal Aid sobre Protección del Inquilino Debajo de la Ley CARES para mas información, incluyendo una lista completa de todos los programas federales de vivienda que desencadenan la acta de CARES.

También vea abajo para mas ayuda averiguando si la acta de CARES proteja a usted.

Fácil de Entender Diagrama de Flujo

Texas RioGrande Legal Aid ha creado un diagrama de flujo para ayudar a visualizar la información en esta sección. Véalo en formato PDF o PNG.

¿Que tipos de desalojos aun pueden tomar lugar?

Texas ahora permite los desalojos a menos que lo prohíba la Ley CARES o las reglas locales. Tenga en cuenta que la Ley CARES y las regales locales todavía permiten algunos tipos de desalojos. Por ejemplo, una víctima de violencia doméstica aún puede hacer cumplir una orden de protección que elimina a su abusador de un hogar compartido.

Un propietario todavía puede pedir a la corte que lo desaloje si usted, su hogar, o sus invitados:

  • Presentan una amenaza física para el propietario o los empleados del propietario
  • Presenta una amenaza física para otros arrendatarios
  • Están involucrados en actividades delictivas

¿Como afectara esto a los plazos para mi caso de desalojo?

Todos los plazos listados en el Capitulo 24 de el código de propiedades en el proceso civil de Texas Regla 510 están en pausa del 19 de marzo hasta el 18 de mayo [actualizado]. Esto significa que el tiempo entre el 19 de marzo y 19 de mayo no contara para ninguno de estos plazos. Si esta contando los días para un plazo de Capitulo 24 o Regla 510, detenga su conteo el 19 de marzo y comienza nuevamente el 19 de mayo.

¿Que pasa si ya perdí mi caso de desalojo?

La ley le da cinco días después de que pierda su audiencia de desalojo antes de que se le pueda notificar la ultima notificación de 24 horas para desalojar (notificación de orden de posesión). Puede usar este tiempo para apelar.

Apelar su desalojo: normalmente tiene 5 días de calendario después de su audiencia para apelar un desalojos ante el Tribunal del Condado. Si el tribunal está cerrado o cierra antes de las 5:00 p.m. del quinto día, tiene un día adicional para presentar su apelación.

Texas Rio Grande Legal Aid tiene formularios para ayudarlo a apelar, así como información general sobre el desalojo.

¿Cuando comenzaran las cortes a escuchar nuevamente los casos de desalojo?

Los tribunales de Texas ahora pueden escuchar casos de desalojo a menos que haya reglas locales que indiquen lo contrario. Incluso si cree que su propietario tiene prohibido presentar un desalojo en su contra, prepárese para presentarse y argumentar su caso en el Tribunal de Justicia.
 

¿El propietario todavía puede presentar un caso de desalojo en mi contra?

Un propietario puede darle un aviso de desalojo y luego presentar un caso de desalojo a menos que lo prohíba la acta de CARES o las reglas locales.

¿Me pueden cobrar cargos por pago atrasado?

La prohibición de desalojo en todo el estado no detiene los cargos por pagos atrasados ​​por alquileres impagos. Pocos, si hay alguna prohibición de desalojo local, tampoco detienen los cargos por demora. Esto significa que podría terminar debiendo cargos por pagos atrasados ​​además del alquiler impago una vez que finalice la suspensión de los desalojos.

Sin embargo, el propietario no puede cobrar cargos por demora si están sujetos a la Ley federal CARES.
 

¿Cómo sé si la Ley CARES me protege de los cargos por mora y el desalojo?

La Ley CARES impide que ciertos propietarios presenten desalojos por falta de pago hasta el 25 de Julio de 2020. Los propietarios cubiertos por la Ley CARES tampoco pueden cobrar cargos por pagos atrasados ​​por alquileres impagos durante este tiempo.

Incluso después del 25 de julio, la Ley CARES exige que los propietarios den a los inquilinos un aviso de desalojo de 30 días. Eso significa que el 24 de agosto es lo más temprano que un inquilino cubierto tendrá que abandonar la residencia.

Importante: La Ley CARES solo se aplica a las propiedades que participan en programas federales de vivienda o que tienen hipotecas respaldadas por el gobierno federal. (Muchas propiedades caen dentro de estas categorías).

Tenga en cuenta también que la Ley CARES no se aplica a los desalojos presentados antes del 27 de marzo de 2020, y no protege a los inquilinos que violen sus contratos de arrendamiento por razones distintas a la falta de pago. Cosas como demasiadas personas que viven en una unidad, mascotas no autorizadas y actividades ilegales aún pueden resultar en el desalojo.

Entonces, ¿se aplica la Ley CARES a su arrendador? Si vive en una propiedad multifamiliar, como un complejo de apartamentos, puede usar esta herramienta de la National Low Income Housing Coalition para ver si la Ley CARES se aplica a su arrendador. (Esta información también está disponible en un mapa hecho por BASTA, Texas Rio Grande Legal Aid y Texas Housers).

Además, no importa en qué tipo de propiedad viva, la Ley CARES se aplica a su arrendador si hay una hipoteca respaldada por Freddie Mac o Sallie Mae o si su arrendador participa en un programa de vivienda federal cubierto. Por ejemplo, la Ley CARES se aplica si usted vive en una vivienda pública o en una propiedad de Crédito Tributario por Bajos Ingresos. Consulte este artículo de Texas RioGrande Legal Aid para obtener una lista de los programas de vivienda incluidos en la Ley CARES (así como otra información útil).

Desafortunadamente, algunos inquilinos pueden no ser capaces de averiguar fácilmente si su arrendador tiene una hipoteca federal o participa en programas federales que califican. Los inquilinos que no saben si la Ley CARES protege su vivienda pueden necesitar obtener esta información a través del descubrimiento después de que el arrendador solicite el desalojo. Consulte a continuación los consejos sobre cómo hacer esto.

Residentes del Condado de Harris

Los Abogados Voluntarios de Houston han obtenido una lista de propiedades del Condado de Harris que participan en la Sección 8 de Vivienda. Si vive en una de estas propiedades, la Ley CARES puede protegerlo del desalojo y los recargos por mora, incluso si usted no es un inquilino de la Sección 8.

Nota: La lista incluye solo viviendas de la Sección 8 del Condado de Harris y no está completa. Aún puede calificar para la protección de la Ley CARES incluso si su hogar no está en la lista. Asegúrese de consultar también la herramienta de base de datos nacional (y el mapa). Si lo demandan por desalojo, también debe asegurarse de que su arrendador pruebe que la Ley CARES no se aplica.

Estoy siendo desalojado por no pagar el alquiler. ¿Qué debo hacer?

Algunas áreas todavía prohíben los desalojos. Asegúrese de verificar qué reglas contra los desalojos existen en su área.

Formulario de Respuesta

Puede usar este kit de herramientas de respuesta de desalojo para presentar una respuesta en su caso. Una respuesta le dice al tribunal que desea que el arrendador demuestre que debe ser desalojado. Nuestro formulario de Respuesta también le permite enumerar cualquier defensa contra el desalojo que pueda tener. Además de las cartas que le envíe al arrendador (consulte a continuación), si recibe un Aviso de desalojo, debe presentar una Respuesta lo antes posible.

Declaración Jurada de la Ley CARES

Todos los propietarios deben jurar ante el tribunal que la Ley CARES no les prohíbe desalojar a los inquilinos. Esta declaración jurada debe estar incluida en la Petición de desalojo de los propietarios (a veces se llama Reclamación de desalojo). Sin embargo, esta es una nueva regla y el propietario podría no hacerlo. Asegúrese de buscar esta declaración en la Petición de desalojo. Si la declaración no está allí, anótelo en su Respuesta y dígale al juez durante su audiencia.

Letras del Propietario

Si recibe un Aviso de desalojo en Austin, puede usar las siguientes letras para decirle al arrendador que no tiene que mudarse:

Austin antes del 26 deJulio.

Si cree que su arrendador no puede desalojarlo debido a la Ley CARES: Puede usar esta carta para decirle a su arrendador que no puede desalojarlo debido a la Ley CARES.

Audiencias de Desalojo y la Ley CARES

Si el caso de desalojo continúa, debe llevar a la corte todos los documentos que demuestren que su arrendador está cubierto por la moratoria de 120 días de la Ley CARES. Si vive en una vivienda pública o en una vivienda subsidiada por el gobierno federal, este puede ser su contrato de arrendamiento. Para las propiedades del Crédito Fiscal para Viviendas de Bajos Ingresos (LIHTC), puede usar el Anexo de Vivienda Asequible que usted y el propietario firmaron porque indica que el propietario está participando en un programa de vivienda federal.

Recuerde: Asegúrese de estar presente en la audiencia. Muchos tribunales ahora tienen audiencias en línea debido a COVID-19. Otros tribunales solo permiten audiencias en línea si lo solicita, y algunos pueden permitir audiencias telefónicas si no puedes presentarte en persona. Pregunte al secretario de la corte o al coordinador de la corte si la audiencia será en persona, en línea o por teléfono. Consulte el artículo del Tribunal Virtual para obtener más información sobre las audiencias en línea.

Si no sabe si la Ley CARES se aplica a su arrendador:

Es posible que no sepas si la Ley CARES se aplica a su arrendador. O incluso si lo sabe, es posible que no tenga pruebas. Si este es el caso, es posible que necesite obtener esta información a través del descubrimiento.

Para obtener la información a través del descubrimiento, el inquilino puede pedirle al tribunal que requiera que el propietario responda las preguntas siguiendo estos cuatro pasos:

  1. Escriba una lista de preguntas, llamadas "interrogatorios", que le soliciten al propietario la siguiente información:
  • ¿La propiedad está respaldada por un préstamo hipotecario federal o un préstamo hipotecario multifamiliar federal?
  • ¿Cuál es el nombre del prestamista hipotecario y el administrador de préstamos de la propiedad, si corresponde?
  • ¿La propiedad participa en alguno de los siguientes programas federales de vivienda?
    • Vivienda pública
    • Programa de vales de elección de vivienda de la Sección 8
    • Sección 8 viviendas basadas en proyectos
    • Programa de Crédito Fiscal para Viviendas de Bajos Ingresos (LIHTC)
    • Sección 202 viviendas para ancianos
    • Sección 811 de vivienda para personas con discapacidad
    • Sección 236 viviendas de alquiler multifamiliares
    • Sección 221 (d) (3) Vivienda por debajo de la tasa de interés de mercado (BMIR)
    • CASA
    • Oportunidades de vivienda para personas con SIDA (HOPWA)
    • Programas de personas sin hogar de la Ley McKinney-Vento
    • Sección 515 Vivienda de alquiler rural
    • Secciones 514 y 516 Vivienda de trabajo agrícola
    • Sección 533 Subvenciones para la preservación de viviendas
    • Sección 538 viviendas de alquiler multifamiliares
    • Programa de vales de elección de vivienda rural del USDA.
  1. Presente una Moción de Descubrimiento Acelerado que solicite al tribunal de justicia que haga que el arrendador responda a sus interrogatorios bajo juramento. Adjunte la lista de interrogatorios a la moción al presentarla.
  2. Después de presentar la moción, entregue al arrendador una copia de la moción y los interrogatorios propuestos. Se puede enviar por correo, fax, entrega en mano o correo electrónico si el propietario ha dado su consentimiento para el servicio de correo electrónico.
  3. Si el tribunal otorga la moción, entregue los interrogatorios al arrendador por correo, fax, entrega en mano o correo electrónico si el arrendador ha dado su consentimiento para el servicio de correo electrónico.

El tribunal utilizará las respuestas del arrendador a estas preguntas interrogativas para decidir si la Ley CARES protege al inquilino del desalojo.

Apelación

Si pierde su caso, puede apelar dentro de los 5 días de la audiencia. Diríjase a Texas RioGrande Legal Aid para obtener formularios que lo ayuden a apelar su caso, así como más información sobre el proceso de desalojo.

n the eviction process.

¿Todavía puedo demandar a mi arrendador por negarse a hacer reparaciones?

Sí, nada en la orden de emergencia dice que no puede demandar por reparaciones. Sin embargo, aún debe cumplir con todos los requisitos para tal demanda, incluso estar al día con la renta. Además, los tribunales en su área pueden estar limitando el número y los tipos de casos que están escuchando debido a la pandemia de COVID-19. Volver arriba Tengo un contrato de arrendamiento comercial.

Tengo un contrato de arrendamiento comercial. ¿Me aplica alguna de las protecciones de desalojo de COVID-19?

Tal vez. La Ley CARES actualmente solo se aplica a propiedades residenciales. Sin embargo, mire las protecciones de cualquier ciudad o condado para ver si se aplican tanto a empresas como a residencias.

Si tiene problemas pagando la renta en un contrato de arrendamiento comercial, considere tratar de llegar a un acuerdo con el propietario. Su arrendador podría estar dispuesto a negociar un pago de renta menos, un arrendamiento más largo o alguna otra solución.
 

¿Puedo ser desalojado por enfermarme?

No. Se supone que su arrendador no debe preguntar sobre enfermedades u otras discapacidades, ni su arrendador puede tratarlo de manera diferente a cualquier otra persona debido a una enfermedad. Esto incluye si tiene COVID-19 o cualquier otra enfermedad o discapacidad.

Vea estos artículos para más detalles: 

Mi arrendador me encerró sin una orden judicial. ¿Pueden hacer eso?

No, su arrendador no puede mantenerlo fuera de su hogar sin una orden de desalojo.

Consulte aquí para obtener más información sobre Impedimentos al Inquilino de Entrada.

Además, el Centro de Capacitación de la Corte de Justicia de Texas ha creado formularios de la corte para ayudarlo a obligar a su arrendador a que le permita regresar a su hogar. Puedes obtener los formularios aquí.

Vivo en un hotel o motel. ¿Me pueden desalojar?

Es posible que tenga motivos para preocuparse. Los huéspedes de hoteles y moteles generalmente no se consideran inquilinos. Eso significa que el propietario del hotel no tiene que pedir a un tribunal que otorgue un desalojo para retirar a un huésped. (La detención en todo el estado de los desalojos evita que los tribunales emitan desalojos).

Sin embargo, es posible que un huésped del hotel también sea inquilino en algunos casos. Por ejemplo, un huésped del hotel podría ser un inquilino de mes a mes si paga por mes y ha vivido en el hotel durante mucho tiempo. Los inquilinos de mes a mes están protegidos por la suspensión de desalojos en todo el estado.

Tenga en cuenta que la ausencia de un contrato de arrendamiento no significa automáticamente que usted no sea un inquilino. Es posible ser un inquilino de mes a mes sin un contrato de arrendamiento.

Lea este artículo de Texas RioGrande Legal Aid para obtener más información sobre cuándo un huésped del hotel podría ser un inquilino con protección de desalojo: haga clic aquí.

Si cree que legalmente puede ser un inquilino, pero queda fuera de su habitación de hotel sin una orden de desalojo, puede pedirle al Juez de Paz que determine su estado. Vaya al recinto y solicite una orden de reingreso. Puede usar los siguientes formularios:

Información Adicional

Área de Dallas / Fort Worth: Para aquellos que enfrentan desalojo en el área de Dallas / Fort Worth, visite el sitio web de Dallas Evictions 2020 o envíe un correo electrónico a DallasEvictions2020@gmail.com para ver si califica para la asistencia legal de abogados voluntarios.

Área de Houston: Consulte estas preguntas frecuentes de la Asociación de Apartamentos de Houston sobre el alquiler y la mudanza durante COVID-19: Coronavirus / COVID-19 Recurso de Alquiler.

A nivel estatal: los proveedores de ayuda en todo el estado están trabajando arduamente para brindarle información útil relevante para COVID-19. Consulte los artículos a continuación para obtener más recursos.  

Sur de Texas: Línea directa de vivienda y desalojo. Llame a la línea directa al 210-570-6135 y deje un mensaje con su nombre completo, número de teléfono y una breve descripción del problema legal. Recibirá una llamada y completará un breve proceso de evaluación. (De St. Mary's Law School, Texas RioGrande Legal Aid, Texas Pro Bono, e University of Texas Law School)

Residentes de hotel / motel: Este artículo de Texas RioGrande Legal Aid habla sobre cómo un huésped de motel o hotel puede ser un inquilino con protección de desalojo: https://www.trla.org/hotelsmotels-vs-residential-tenancies-when-eviction- protecciones-aplicar.

Vea si la Ley CARES se aplica a su propiedad de vivienda multifamiliar: https://nlihc.org/federal-moratoriums.

Diagrama de flujo de las moratorias de desalojo de Texas RioGrande Legal Aid: en formato PDF.

Video: Preguntas y Respuestas Sobre Desalojos

Los abogados de Legal Aid of NorthWest Texas responden algunas preguntas comunes sobre desalojos durante y después de COVID-19.

[video:https://youtu.be/qB75xlQ_WfA:560 height:315]

Video: Los abogados explican las protecciones de la Ley CARES

Los abogados de Legal Aid of NorthWest Texas discuten las protecciones de los inquilinos en la Ley CARES.
 

[video:https://youtu.be/D0oUUnQfo40:560 height:315]

Guía de Desalojo y Formularios de Apelación de Desalojo

Si pierde su caso, puede apelar dentro de los 5 días de la audiencia. Diríjase a Texas RioGrande Legal Aid para obtener formularios que lo ayuden a apelar su caso, así como más información sobre el proceso de desalojo. La segunda mitad del video explica cómo completar los formularios.

Consulte también la guía de desalojo y el paquete de información del Centro de Capacitación del Tribunal de Justicia de Texas. Este paquete puede ayudar si 1) necesita saber cómo prepararse para una audiencia de desalojo, 2) necesita apelar su caso de desalojo, o 2) solicita una nueva audiencia porque recibió un fallo de desalojo predeterminado en su contra.
 

Formularios y Cartas de Propietarios

Formulario de Respuesta - Presente si recibe un aviso de desalojo

Dos opciones:

Formulario de Apelación

Si pierde su caso de desalojo, Texas RioGrande Legal Aid tiene formularios que puede usar para apelar. Debe presentar la apelación dentro de los 5 días posteriores a su audiencia de desalojo. Vaya aquí para obtener un enlace a los formularios y el video que explica los formularios y el proceso de desalojo. (Vaya aquí para español).

Cartas a su Arrendador

Puede usar las siguientes letras para decirle al arrendador que no tiene que mudarse: